SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO C/ PATERA MATIAS NICOLÁS S/ APREMIO
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo promovió ejecución por apremio para cobrar $373.200,38 más intereses. El Tribunal ordenó la continuación de la ejecución hasta el íntegro pago del capital reclamado y costas, aplicando la tasa prevista en el art. 15 de la Resolución SRT N°2775/2014 desde la fecha de mora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), representada por la Dra. Marcela Alejandra Torresi.
Demandado: PATERA MATIAS NICOLÁS, DNI 31.004.095.
Objeto: Ejecución por apremio para el cobro de deuda por capital reclamado de $373.200,38 más intereses, costos y costas.
Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución y mantenerla hasta que el ejecutado pague íntegramente el capital reclamado ($373.200,38) con más intereses calculados según la Resolución SRT N°2775/2014 desde la fecha de mora, más costos y costas; se difirió la regulación de honorarios; se dejó constancia de la intimación y domicilio constituido.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo):
"Que la Resolución 1215/2006 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo su articulo 15 expresa '... la tasa de interés que se aplicará a los Planes de Pago, será la que sigue: a) en los aprobados por la Subgerencia de Control de Entidades el UNO POR CIENTO (1 %) mensual. b) en los aprobados por la Subgerencia de Asuntos Legales el UNO Y MEDIO POR CIENTO (1,5 %) mensual.' y la Resolución SRT Nro. 2775/2014 en su art. 7 dispone que será aplicable a planes de pago a partir del 1 de febrero de 2015; disponiendo en el art. 15 'En los casos en los que no se hayan iniciado las acciones judiciales, o que iniciadas las mismas, no se encuentren en estado de sentencia firme, se consolidará la deuda aplicando un interés correspondiente a la Tasa Activa Cartera General Diversas (Tasa Efectiva Mensual Vencida) del B.N.A., desde la fecha de emisión del Certificado de Deuda hasta la fecha de la solicitud de adhesión al Plan de Pago.' por lo que resulta aplicable ésta ultima al presente."
"Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado PATERA MATIAS NICOLÁS Dni 31004095, haga al acreedor SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) íntegro pago del capital reclamado que asciende a la suma de TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS PESOS CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($373.200,38) con más intereses que deberán ser liquidados a la tasa prevista en el artículo 15 de la resolución Nro. 2775/2014 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, desde la fecha de mora más costos y costas de la ejecución (arts. 68 y 556 del C.P.C.)."
"Se difiere la regulación de honorarios hasta la oportunidad dispuesta por el art. 51 de la ley 14.967"
"Se deja constancia que la intimación de pago y citación de remate a la parte accionada se efectuó en el domicilio de la calle Pellegrini 1751 de la localidad de Azul, provincia de Buenos Aires. Se hace efectivo el apercibimiento dispuesto por el art. 41 del C.P.C. y se tiene a la ejecutada con el domicilio constituído en los estrados del Juzgado."
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