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BARBERA ELSA ANA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Incidente sucesorio ab-intestato para la declaratoria de herederos por fallecimiento de Elsa Ana Barbera. El Tribunal declaró heredera universal a su hija Susana Elsa Galimberti y resolvió aplicar la ley sucesoria vigente al momento del fallecimiento del causante.

Declaratoria de herederos Ley aplicable Actuario Sucesion ab-intestato Heredera universal Edictos art. 2340 cccn Art. 7 cccn Arts. 3410-3545-3565 ccc Susana elsa galimberti Fallecimiento 29/7/2015.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Susana Elsa Galimberti, quien promovió la tramitación sucesoria. Demandado: Sucesión de Elsa Ana Barbera (causante). Objeto: Declaratoria de herederos ab-intestato y sucesión por fallecimiento de Elsa Ana Barbera. Decisión: Se dictó la declaratoria de herederos y se declaró heredera universal a SUSANA ELSA GALIMBERTI, aplicando la ley sucesoria vigente al momento del fallecimiento del causante.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales): "En atención a lo dispuesto por el art. 7 del Código Civil y Comercial de la Nación (sancionado por Ley 26994), toda vez que el derecho sucesorio del heredero 'ab intestato' se rige por la ley vigente al momento de la muerte de la Sra. ELSA ANA BARBERA ha de dictarse la declaratoria de herederos conforme lo normado por el Código Civil de la Nación, atento la fecha de fallecimiento del causante de autos." "1º) Que con el certificado de defunción acompañado en fecha 26/5/2026, se acredita el fallecimiento de ELSA ANA BARBERA ocurrido el día 29/7/2015." "2º) Que ésta era de estado civil viuda en primeras nupcias de WILFREDO HORACIO DUILIO GALIMBERTI, fallecido el día 4/6/1980 conforme se acredita el día 14/7/2026, cuyo matrimonio fue celebrado el día 9/10/1948, conforme se acredita en fecha 26/5/2026." "3°) Que de dicha unión nació su hija SUSANA ELSA GALIMBERTI, nacida el día 15/10/1954, nacimiento acreditado en fecha 26/5/2026." "4º) Que por auto de fecha 02/06/2026 se ordenó la apertura del presente sucesorio, mandándose publicar edictos por el término de ley, constando haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 2340 del CCCN y sobre cuyo resultado negativo informa el Actuario verbalmente (art. 116 del CPCC.)." "Por ello, de conformidad con lo pedido, y lo dispuesto por los arts. 3410, 3545, 3565 del código civil, y 735, 737 del CPCC se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de ELSA ANA BARBERA le suceden en carácter de universales herederos, su hija SUSANA ELSA GALIMBERTI. REGISTRESE."
- Observaciones procesales: Se aplicó el criterio del artículo 7 del CCCN respecto de la ley aplicable por fallecimiento anterior (2015). Se ordenó la publicación de edictos conforme art. 2340 del CCCN y se informó resultado negativo del llamado.

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