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MANGIAMELI SEBASTIAN ANTONIO S/ SUCESION AB-INTESTATO

La actora promovió la apertura de la sucesión intestada de Sebastián Antonio Mangiamelli alegando ser hermana del causante. El Tribunal rechazó la apertura del proceso por carecer la actora de vocación hereditaria, al existir descendientes del causante que integran un orden sucesorio preferente.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Paula Susana Mangiamelli. Demandado: Sucesión de Sebastián Antonio Mangiamelli (sucedido). Objeto: Apertura del proceso sucesorio ab-intestato del causante Sebastián Antonio Mangiamelli, en virtud de la presunta calidad de hermana de la peticionante. Decisión: Rechazar la apertura del presente proceso sucesorio por falta de vocación hereditaria de la actora, imponiendo las costas en el orden causado e instruyendo poner en conocimiento de la Receptoría General de Expedientes lo resuelto una vez adquiera firmeza.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "Que la Sra. Paula Susana Mangiamelli ha promovido las presentes actuaciones invocando su carácter de hermana del causante." "Que, en materia de sucesiones intestadas, la ley establece un orden de llamamiento que determina la preferencia entre los distintos sucesibles. En tal sentido, el art. 2424 del Código Civil y Comercial dispone que las sucesiones intestadas se defieren a los descendientes, ascendientes, cónyuge supérstite y parientes colaterales, de conformidad con las disposiciones del citado cuerpo legal." "De las normas citadas se desprende que los parientes colaterales concurren a la sucesión únicamente ante la ausencia de quienes integran los órdenes sucesorios que los preceden. Por ello, los hijos del causante desplazan a sus hermanos, quienes no poseen llamamiento hereditario mientras aquéllos conserven su derecho a suceder." "En el caso particular, la propia peticionante ha manifestado que el causante tuvo descendencia. Siendo ello así, y revistiendo la Sra. Paula Susana Mangiamelli el carácter de hermana del causante, su eventual vocación hereditaria como pariente colateral se encuentra desplazada por los descendientes de aquél, quienes integran un orden sucesorio preferente." "Por ello, RESUELVO: 1°) Rechazar la apertura del presente proceso sucesorio promovido por la Sra. Paula Susana Mangiamelli, por carecer de vocación hereditaria en razón del carácter preferente de los descendientes del causante. 2°) Imponer las costas en el orden causado. 3°) Poner en conocimiento de la Receptoría General de Expedientes lo resuelto, una vez que adquiera firmeza."

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