ANTICH, LEONARDO ANDRES Y OTRO c/ ALVAREZ, MARIO ANGEL s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Demanda por daños y perjuicios por un choque múltiple en Av. San Pedrito; el Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a Mario Ángel Álvarez a pagar $6.951.800 a Leonardo Antich y $3.000.000 al menor Lisandro, con intereses y costas, y alcanzó a la aseguradora dentro del límite de la póliza.
¿Quién es el actor?
Leonardo Andrés Antich (por sí y en representación de su hijo menor Lisandro Rubén Antich).
¿A quién se demanda?
Mario Ángel Álvarez; citada en garantía: Paraná S.A. de Seguros.
- Objeto de la demanda: Reclamo de daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 13/05/2022 en Av. San Pedrito que produjo lesiones personales y daños al rodado; petición por $10.374.885 y/o lo que resulte de prueba.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a Mario Ángel Álvarez a pagar a Leonardo Andrés Antich la suma de $6.951.800 y al menor Lisandro Rubén Antich la suma de $3.000.000, con más sus intereses en la forma dispuesta, en el plazo de 10 días de notificado, con costas a la parte demandada; Paraná S.A. de Seguros queda alcanzada por la condena dentro de los límites de la póliza (art. 118 ley 17.418). Se difiere regulación de honorarios.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo):
"Es así que a quien pretende la indemnización le basta con demostrar el contacto de sus bienes dañados con la cosa riesgosa productora del daño (conf. arts. 1722, 1757 y 1758 del CCyCN). En tanto que, para eximirse, el responsable debe invocar y probar alguno de los supuestos contemplados en el ordenamiento jurídico como causa ajena (arts. 1729-1731 del CCyCN) y no así su falta de culpa."
"Por ello, toda vez que ni el demandado ni su aseguradora, acreditaron eximente alguno de responsabilidad deberán responder por los daños y perjuicios que resulten acreditados, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 730, 1737/39, 1740, 1757/58, 1769 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación."
"En virtud de ello y de los demás elementos de prueba analizados, opera en la especie la presunción que atribuye la responsabilidad del conductor que con la parte delantera de su automotor choca la trasera o el costado del otro."
Sobre cuantificación: "Fijo la indemnización por el concepto en análisis, comprensiva del tratamiento kinésico reclamado y de la incidencia de la lesión en su vida puntualizada en el escrito de inicio, en la suma de pesos tres millones ($3.000.000) a favor de Leonardo Andrés Antich. En cuanto al tratamiento psicológico corresponde otorgarle la cantidad de pesos un millón ($1.000.000) a cada uno de los actores." (se consignan además $2.000.000 por daño moral para cada actor; $50.000 por gastos médicos y $901.800 por daños al rodado de Leonardo).
- Disidencias: No se registran votos o disidencias; es sentencia de primera instancia firmada por la magistrada.
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