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ARREDONDO PATETE, MARIA ALEJANDRA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía de María Alejandra Arredondo Patete. El Juzgado Federal declaró ciudadana argentina a la peticionante y ordenó la extensión del título, notificando a los registros pertinentes y advirtiendo la obligación de enrolarse y la posible cancelación por fraude u ocultamiento conforme al art. 15 del Decreto 3213/84.

Registro nacional de las personas Carta de ciudadania Ciudadania Direccion nacional de migraciones Ministerio publico fiscal Enrolamiento Art. 15 Decreto 3213/84 Incorporacion de extranjeros Dni 95.567.379

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MARIA ALEJANDRA ARREDONDO PATETE (peticionante de carta de ciudadanía). Demandado: Trámite contra el Estado (actuación administrativa judicializada para la concesión de carta de ciudadanía); intervención del Ministerio Público Fiscal. Objeto: Solicitud de Carta de Ciudadanía argentina conforme a la Constitución, la ley N° 346 y su decreto reglamentario. Decisión: Se hace lugar a la solicitud y se declara ciudadana argentina a MARIA ALEJANDRA ARREDONDO PATETE (DNI 95.567.379), con la extensión del título respectivo condicionada al juramento de fidelidad y a la obligación de enrolarse dentro de los doce meses; se advierte que la constatación posterior de impedimentos legales dará lugar a la cancelación de la ciudadanía conforme al art. 15 del Decreto 3213/84. Se ordenó comunicar la decisión al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral-Registro de Cartas de Ciudadanía, a la Dirección Nacional de Migraciones y al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; notifíquese al Sr. Fiscal Federal y archívese oportunamente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución, la ley N° 346 y su decreto reglamentario para la incorporación de extranjeros a la Ciudadanía Argentina. Por ello, teniendo en cuenta la expresa intervención del Ministerio Público Fiscal en fecha 18/05/2026 y habida cuenta la manifestación de voluntad expuesta por la persona peticionante en el formulario de fs. 15, RESUELVO: Declarar ciudadana argentina a MARIA ALEJANDRA ARREDONDO PATETE, D.N.I. Nº 95.567.379, nacida el 10 de diciembre de 1986, en Caroni, Bolivar, República Bolivariana de Venezuela, de nacionalidad venezolana, hija de Carlos Alejandro ARREDONDO CASTILLO (padre) y de Carmen Josefina PATETE de ARREDONDO (madre), a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, su Constitución y sus Leyes; haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y que, en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la ciudadanía argentina, la existencia de algún impedimento legal, sobrevendrá la situación prevista en el art. 15 del Decreto 3213/84, que determinará la cancelación de la ciudadanía, por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite de su obtención. Comuníquese al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral-Registro de Cartas de Ciudadanía y a la Dirección Nacional de Migraciones mediante oficio de estilo. Líbrese oficio al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto a fin de que, por la vía que corresponda, informe al país de origen de la persona solicitante que en las presentes actuaciones se le ha concedido el honor de adquirir la ciudadanía argentina. Regístrese, publíquese, notifíquese, al Sr. Fiscal Federal y oportunamente ARCHÍVESE." (No existen votos en disidencia en la resolución analizada.)

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