CORONEL, MARIO OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó reajuste de haber previsional (Retiro por Invalidez) contra ANSeS. La Cámara Federal de Resistencia rechazó el recurso de apelación de ANSeS y confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó el reajuste, impuso costas a la demandada y confirmó criterios sobre topes, retención por impuesto a las ganancias y vulnerabilidad de los jubilados.
¿Quién es el actor?
Mario Oscar Coronel.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios del haber previsional (Retiro por Invalidez), liquidación de retroactivos e intereses y cuestiones conexas (tope del descuento solidario, impuesto a las ganancias, costas, etc.).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la demandada y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo que fue motivo del recurso; se impusieron las costas de alzada a la demandada y se ordenó comunicar a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"V.
- Ahora bien, en punto a la cuestión suscitada respecto de la retención del impuesto a las ganancias, corresponde aplicar los lineamientos expuestos en autos 'García, María Isabel' (Fallos: 342:411), donde el Alto Tribunal se expidió ordenando que hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto, no podrá retenerse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias a la prestación previsional de la demandante".
"En virtud de ello y teniendo en consideración los fundamentos vertidos, y pese a que las circunstancias particulares de la parte accionante no han sido expuestas en el caso, lo cierto es que se trata de una persona jubilada, lo que torna evidente la situación de vulnerabilidad que la caracteriza por pertenecer al grupo de adultos mayores, como asimismo, resaltar el carácter alimentario de la prestación, por lo que claramente resultan de aplicación los principios que emanan del fallo del Alto Tribunal."
"IV.
- Respecto del tope previsto en el art. 9 inc. 3 de la Ley N° 24.463, cabe ratificar lo dispuesto por el magistrado remitiendo a los precedentes dictados por la CSJN en autos 'Actis Caporale' (Fallos: 323:4216) y 'Tudor Enrique José c/Anses', y atento haberse expedido con similar criterio esta Alzada ... concluyendo que sólo se considera razonable toda quita que no supere el 15% del haber como una contribución solidaria a la Seguridad Social de quienes tienen mayor capacidad económica, debiendo declarar su inconstitucionalidad en la medida que de la liquidación ordenada en la sentencia surja una diferencia que supere el porcentaje mencionado."
- Votos en minoría / disidencia: No hubo disidencia; las Dras. Patricia Beatriz García y Maria Virginia Ise adhieren al voto de la Sra. Jueza preopinante.
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