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PERON SANDRA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber y la actualización de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado y confirmó el resto, ordenando recalcular la PBU según lo indicado en los considerandos, diferir el tratamiento del precedente Villanustre y regular honorarios conforme lo dispuesto.

Tasa de interes Costas Obra social Honorarios Ejecucion de sentencia Revocacion parcial Anses Pbu Reajustes jubilatorios Doctrina villanustre (diferido)


¿Quién es el actor?

PERON SANDRA MARIA.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios sobre el haber jubilatorio, incluyendo la actualización del haber inicial y de la Prestación Básica Universal (PBU); impugnación de normas y regulación de honorarios y costas.

¿Qué se resolvió?

Se revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos, se confirmó en lo demás que decide y fue materia de agravios; se diferió el tratamiento del precedente de la CSJN "Villanustre"; se diferió la regulación de honorarios de primera instancia; se impusieron las costas de ambas instancias a la demandada vencida; y se regularon los honorarios de la representación letrada de la parte actora en la alzada (30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia más IVA), devolviéndose las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en la sentencia): 1) "Por ende, propongo revocar parcialmente lo dispuesto en la instancia de grado y determinar que el recálculo de la PBU deba realizarse en los términos que surgen del precedente aludido." 2) "Respecto al art. 26 de la ley 24.241, corresponde diferir su análisis para la etapa de ejecución de sentencia, ya que es en dicha instancia cuando se podrá verificar el perjuicio concreto que su aplicación pudiera ocasionar." 3) "En cuanto a las costas de ambas instancias las mismas habrán de imponerse a la demandada vencida (conf. Art. 68, párr. 1º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ...). En cuanto al descuento sobre intereses del porcentaje para la obra social, asiste razón a la parte actora, en cuanto el mismo debe aplicarse exclusivamente sobre el capital. Los intereses no integran el haber..."
- Votos y discrepancias relevantes: El acuerdo fue mayoritario. El Dr. Fantini propuso la revocación parcial y varias líneas de fundamento; el Dr. Carnota y la Dra. Dorado adhirieron en lo esencial, con diferencias en el tratamiento específico de la PBU (Carnota sostuvo confirmar lo dispuesto por el a quo respecto de la PBU en su voto; Fantini propuso el recálculo conforme precedentes; Dorado adhirió al voto que encabeza el decisorio salvo en lo relativo a PBU, adhiriendo en ese punto a Carnota). No existe disidencia que impida la vigencia del acuerdo expresado en la parte resolutiva.

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