DIAZ RUBEN ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional por falta de movilidad y actualización. El Juzgado hizo lugar parcialmente, ordenó actualizar la PBU conforme el índice Badaro y pagar las diferencias (con intereses) si la variación resulta confiscatoria, y rechazó la actualización de PC y PAP, topes y movilidad.
¿Quién es el actor?
DÍAZ RUBÉN ANTONIO.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste/actualización del haber previsional (PBU, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), declaración de inconstitucionalidad de normas de la ley 24.463 y 24.241 y otras disposiciones relacionadas con movilidad y topes.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), ordenando a ANSES que en 120 días practique la actualización conforme el índice “Badaro” y, si la diferencia resulta confiscatoria, abone las sumas resultantes con los intereses dispuestos. Se rechazó la demanda en cuanto a la actualización de la PC y PAP, topes de ley y movilidad. Se difiere el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463 para la ejecución, se imponen costas por su orden y se difiere la regulación de honorarios para la etapa de ejecución.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"La parte actora inicia demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social solicitando el reajuste de su haber previsional, en tanto la falta de movilidad y/o actualización de su beneficio, que aduce le fue otorgado bajo disposiciones de la ley 24.241, le causa una grave lesión a sus derechos amparados en la Constitución Nacional."
"Atento como se resuelve la presente, respecto de la actualización de las remuneraciones a los fines del cómputo de la Prestación Compensatoria (PC) y Prestación Adicional por Permanencia (PAP), estimo que no se dan, en el caso, los presupuestos establecidos en el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c/Anses' sentencia del 11-11-04 ya que no habría liquidación posterior."
"Por lo expuesto se deja asentado que a los fines de evidenciar la confiscatoriedad a la que aludió la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Quiroga' en relación al reajuste de la PBU corresponde efectuar en la etapa de ejecución el siguiente cálculo: PBU (reajustada) – PBU (sin reajustar) = 'X'. A ese importe 'X' se lo multiplica por 100. Dicho importe al dividirlo por el total del HABER INICIAL arroja finalmente el porcentaje % correspondiente, el cual deber ser mayor a 15 en los términos de los precedentes fijados por la Excma. C.S.J.N."
"En el entendimiento que al dictarse la Ley 27426, tácitamente se convalidaron las disposiciones del Decreto 807/16 ... debiendo desestimarse el planteo de inconstitucionalidad del decreto 807/16, solicitado."
"En relación al pedido de inconstitucionalidad ... no surge un perjuicio concreto que permita hacer lugar a lo solicitado. El Alto Tribunal ... sostuvo ... que la declaración de inconstitucionalidad de una norma es un acto de suma gravedad institucional y debe ser considerada como la última ratio del orden jurídico."
"Las diferencias que pudiesen resultar a favor del actor deberán abonársele sin merma alguna."
- Disidencias relevantes: no se registran votos en disidencia en el dispositivo final.
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