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V, M P F c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD

Amparo de salud por cobertura de fertilización asistida de alta complejidad con ovodonación y criopreservación. El Juzgado hizo lugar parcialmente y reconoció a la actora la cobertura al 100% del tratamiento con ovodonación realizado en el Centro Médico IVI Buenos Aires, incluyendo medicación y eventual criopreservación, pero rechazó la cobertura del procedimiento de columnas de anexina y analizó límites reglamentarios y de prestadores.

Fertilizacion asistida Ovodonacion Amparo de salud Columnas de anexina Criopreservacion Prestadores contratados Ley 26.862 Decreto 956/13 Cobertura al 100% Refes

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Sra. M. P. F. V. (actora representada por apoderado). Demandado: Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE). Objeto: Cobertura integral al 100% del tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad con ovodonación y procedimiento de columnas de anexina, sin límite de extensión y hasta 3 veces por año, incluyendo medicación, gastos y eventual criopreservación con mantenimiento anual, a realizarse en Centro Médico IVI Buenos Aires; además se solicitó medida cautelar (concedida inicialmente). Decisión: Se hizo lugar parcialmente al amparo. Se reconoció el derecho de la actora a la cobertura al 100% del tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad con ovodonación, realizado en el Centro Médico IVI Buenos Aires, incluyendo la medicación necesaria y la eventual criopreservación embrionaria; se impusieron las costas a la demandada. Se rechazó la cobertura solicitada para el procedimiento de columnas de anexina y se analizaron los requisitos de bancos de gametos y la normativa sobre límites de intentos y edad.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En virtud de ello, entiendo que corresponde rechazar la cobertura de columnas de anexina solicitada." "La única interpretación admisible, en consonancia con los objetivos trazados por la ley 26.862, es la que habilita a los interesados a acceder a tres tratamientos 'anuales' de reproducción médicamente asistida con técnicas de alta complejidad” (Fallos: 341:929). Por su parte, a partir del fallo plenario dictado el 28/08/18 por la Excma. Cámara del fuero en la causa n° 1773/2017 'Gayoso, Carolina y otro c/ Obra Social del Poder Judicial de la Nación s/ Amparo de salud', es doctrina plenaria que 'el límite a que alude el art. 8 del decreto 956/13 -reglamentario de la ley 26.862
- en lo que respecta a la cobertura de los tratamientos de fertilización asistida con técnicas de alta complejidad, y que se encuentran determinados en número de tres para una persona, ha sido previsto de modo anual'." "Por lo expuesto, corresponde hacer lugar parcialmente a la demanda, reconociendo el derecho de la actora a obtener de la accionada la cobertura al 100% del tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad con ovodonación, realizado en el Centro Médico IVI Buenos Aires, incluyendo la medicación necesaria para llevarlos a cabo y la eventual criopreservación embrionaria."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la sentencia es única en primera instancia.

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