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ZUCCHI, PABLO ABEL c/ CORTES LANZILLOTTA SRL Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Reclamó el actor indemnización por daños y perjuicios por choque por alcance de fecha 14/02/2024. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a Cortes Lanzillotta SRL y, en consecuencia con el art. 118, a Providencia Compañía Argentina de Seguros SA al pago de $18.758.900 y declarando inoponible el límite de cobertura opuesto por la aseguradora.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Incapacidad sobreviniente Dano moral Desvalorizacion Seguro obligatorio Condena Colision por alcance Art. 118 ley 17.418 Limite de cobertura inoponible

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Pablo Abel Zucchi. Demandado: Cortes Lanzillotta SRL; citada en garantía: Providencia Compañía Argentina de Seguros SA. Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito (colisión por alcance ocurrida el 14/02/2024 a las 12:30 hs en Av. Juan B. Justo 4545) y la reparación por lesiones, daño material, lucro cesante, pérdida de valor venal, daño moral, daño psicológico y gastos. Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda y se condena a CORTES LANZILLOTTA SRL, con extensión a PROVIDENCIA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS SA (art. 118 Ley 17.418), a pagar al actor la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS ($18.758.900.-), más intereses y costas, dentro de diez (10) días; además se declaró inoponible el límite de cobertura invocado por la aseguradora. Se difiere regulación de honorarios hasta la aprobación de la liquidación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "…se encuentra probado el contacto físico entre el rodado marca Peugeot, modelo Partner, dominio LRH 615, y el camión marca Hyundai, modelo Mighty H 350 Turbo, patente CQL 121-… tanto la demandada CORTES LANZILLOTTA SRL … como la citada en garantía PROVIDENCIA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS SA, no han acreditado eximentes de responsabilidad con entidad suficiente para enervar la atribución objetiva del deber de reparar." "…el perito ingeniero concluyó que 'el vehículo de gran porte del demandado impacta con su parte delantera contra el rodado de la actora', y al evacuar la impugnación precisó que los daños constatados 'son compatibles con un impacto trasero por parte de un vehículo de gran porte', reforzando 'la ausencia de daños en el sector delantero del vehículo del actor... la hipótesis de colisión por alcance'." "…admitiré la demanda promovida por el Sr. Pablo Abel Zucchi, condenando a CORTES LANZILLOTTA SRL . a resarcir los daños y perjuicios derivados del accidente motivo de la litis.… la que se hace extensiva —conforme considerando V— a PROVIDENCIA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS SA ., conforme art. 118 de la Ley N° 17.418…" Sobre el límite de póliza: "…siendo el límite de cobertura establecido en la póliza reconocida, denunciada a valores del mes de marzo de 2023… a esta altura del proceso aparece como desnaturalizador de la función del seguro… Por lo que se hace extensiva la condena a la citada en garantía… declarándose inoponible a la parte actora dicho límite convencional…" Cuantificaciones adoptadas (resumen): incapacidad física $6.500.000; reparación del rodado $7.338.900; daño moral $3.250.000; desvalorización $1.120.000; lucro cesante $350.000; gastos de farmacia $200.000; suma total condenada $18.758.900. Intereses al 8% anual desde la fecha del hecho hasta la sentencia; luego tasa activa del Banco Nación hasta el pago.
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el fallo.

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