GALUZZI, ELSIE MIRIAN c/ PROVINCIA FIDEICOMISOS SAU (ANTES BAPRO MANDATOS Y NEGOCIOS SA) s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La actora demandó por daños y perjuicios derivados del incumplimiento y mala gestión del fideicomiso “Estrella del Sur”. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó solidariamente a Provincia Fideicomisos S.A.U., Círculo Inmobiliario Emprendimientos S.A. y Bainter Inversiones Inmobiliarias S.A. a pagar u$s 25.281,55 y $8.000.000, más intereses, con deducción de lo percibido en la liquidación comercial.
¿Quién es el actor?
Elsie Mirian Galuzzi.
- Demandados: Provincia Fideicomisos S.A.U. (antes Bapro Mandatos y Negocios S.A.); terceros citados: Círculo Inmobiliario Emprendimientos S.A. (CIESA) y Bainter Inversiones Inmobiliarias S.A. (Bainter).
- Objeto de la demanda: reclamo por daños y perjuicios (u$s 239.266,50 más $5.000.000 y costas) por incumplimiento contractual y deficiente gestión como fiduciaria del “Fideicomiso Estrella del Sur”, incluyendo el abandono de la obra por el contratista, ocultamiento de la paralización, gestión contradictoria del “Plan T4” y remate/judicialización del fideicomiso que frustró la obtención de la vivienda. Solicita que la indemnización se calcule en dólares sobre el valor de mercado de la unidad terminada y la aplicación del porcentaje de lo pagado.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar parcialmente a la demanda; se condenó a Provincia Fideicomisos S.A.U., a Círculo Inmobiliario Emprendimientos S.A. y a Bainter Inversiones Inmobiliarias S.A. (estos últimos conforme art. 96 CPCCN) a abonar a Elsie Mirian Galuzzi u$s 25.281,55 y $8.000.000, con más sus intereses a liquidarse según lo indicado en el considerando VIII, previa deducción de las sumas percibidas en sede comercial, en el plazo de diez días, con costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia):
1) "Por lo que llevo dicho, se admite la demanda contra Provincia Fideicomisos S.A.U. (antes Bapro Mandatos y Negocios S.A.) y contra Circulo Inmobiliario Emprendimientos SA y Bainter Inversiones Inmobiliarias SA, en los términos del art. 96 del Código Procesal, las cuales deberan responder por los danos y perjuicios que resulten acreditados."
2) "En consecuencia, tendré en cuenta tal diferencia de valores y que a la fecha contemplada en la pericia (28/10/2017) el dólar oficial equivalía a la suma de U$S 1= $17,90. En definitiva, considerando los porcentajes abonados por Galuzzi, ajustados de acuerdo a las pautas referidas precedentemente y teniendo en cuenta los valores del departamento establecidos por el perito arquitecto, esta partida debe progresar por la suma de u$s 25.281,55. En consecuencia, por esta partida, concedo un total de u$s 25.281,55 (dólares veinticinco mil doscientos ochenta y uno con cincuenta y cinco centavos)."
3) "De conformidad con la facultad concedida por el articulo 165 del Codigo Procesal, considero adecuado fijar la indemnizacion en la suma de $8.000.000 (pesos ocho millones)."
- Disidencias: no se registran votos en disidencia en el texto; la parte resolutiva es la decisión del juez de primera instancia.
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