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MUÑOZ Y PEREZ NILO DANIEL C/ PROVINCIA ART SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

Demanda por indemnización por accidente de trabajo por secuelas de lumbociatalgia e incapacidad permanente. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró una incapacidad del 13% y condenó a PROVINCIA A.R.T. S.A. al pago de $16.929.070,83 más actualización por RIPTE e intereses al 6% anual, por aplicación de criterios de preservación del valor del crédito.

Accidente de trabajo Incapacidad permanente 13% Ley 24.557 Ley 26.773 Ripte Actualizacion de credito Interes 6% anual Liquidacion $16.929.070 83 Costas a la demandada Honorarios y peritos.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Nilo Daniel Muñoz y Perez, representado por Leandro Javier Prieto Ferreyra. Demandado: PROVINCIA A.R.T. S.A., representada por la Dra. Viviana Elizabeth Nechcoff. Objeto: Indemnización por incapacidad laboral derivada de accidente de trabajo ocurrido el 5/5/2022 (accidente al agacharse manipulando un rodillo), con impugnación de normas del régimen LRT; se reclamaron prestaciones previstas en arts. 14.2.a. Ley 24.557 y art. 3 Ley 26.773. Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a PROVINCIA A.R.T. S.A. a pagar $16.929.070,83 mediante depósito en autos en diez días, por las prestaciones de Ley 24.557 y 26.773; se determinó incapacidad permanente parcial del 13% de la total obrera; se ordenó actualización por RIPTE hasta pago y aplicación de intereses moratorios del 6% anual (hasta 10/8/2026 y luego hasta efectivo pago), se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios profesionales y periciales.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) Sobre existencia del accidente y grado de incapacidad: "Con las sustanciales coincidencias de los escritos constitutivos de la litis, no se encuentra desconocida por la demandada la existencia del accidente de trabajo referido... La perito dictaminó una incapacidad global del 13 % del índice de la total obrera... Ello conduce a formar mi convicción en cuanto a la patología e incapacidad determinada." 2) Sobre inaplicabilidad retroactiva del nuevo baremo y conservación del derecho: "La respuesta debe ser negativa... el principio general de irretroactividad de la ley
- consagrado en el art. 7 del Código Civil y Comercial de la Nación
- establece que las nuevas normas rigen para el futuro y no afectan las consecuencias ya consumadas de las relaciones y situaciones jurídicas existentes." 3) Sobre preservación del valor del crédito y aplicación de RIPTE / doctrina "Barrios": "En tal contexto... interpreto que a partir de la nueva doctrina legal de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Bueno Aires... exige por parte de la judicatura sopesar el impacto de la inflación sobre el valor económico de la prestación debida... habilitó la utilización de diversos factores de corrección... entre ellos, 'el ajuste semestral conforme índice RIPTE'... En consecuencia... corresponde ajustar el ingreso base acreditado en el proceso por la suma de $92.739,62, aplicando el índice RIPTE desde la primera manifestación invalidante (del 5/5/2022) hasta la fecha de la presente sentencia..." 4) Liquidación y monto total: "la fórmula prevista en el art. 14.2.a. de la ley 24.557 arroja un resultado de $11.231.153,03... corresponde condenar a la demandada a pagarle a la trabajadora la prestación prevista en el art. 3 de la ley 26.773... por la suma de $2.246.230,61... el importe total... es de $13.477.383,64... los intereses moratorios deben ser calculados a una tasa pura del 6% anual, que ascienden en el caso a la suma de $3.451.687,19... el importe total de condena asciende a la suma de pesos dieciséis millones novecientos veintinueve mil setenta con ochenta y tres centavos ($16.929.070,83-), al 10 de agosto del 2026." 5) Dispositivo final (texto literal relevante): "1. Hacer lugar a la demanda deducida por Nilo Daniel Muñoz y Perez, condenando a 'PROVINCIA A.R.T. S.A.' a pagarle a aquél... la suma de pesos dieciséis millones novecientos veintinueve mil setenta con ochenta y tres centavos ($16.929.070,83-)... 2. Disponer que hasta el efectivo pago, el importe... deberá actualizarse con arreglo a la variación del RIPTE, devengando asimismo en ese período, una tasa de interés del 6% anual... 3. Imponer las costas a la parte demandada vencida..." (Se consignan asimismo la regulación de honorarios y los montos de peritos: $425.000 para perito médico y $425.000 para perito contadora).
- Votos y mayorías: El voto inicial (Dr. Núñez) resolvió las cuestiones y fue adherido por los Dres. Orsini y Escobares, por lo que la decisión se adoptó por unanimidad en el Acuerdo.

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