BULLA FRANCISCO PABLO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
El actor solicitó la regulación de honorarios extrajudiciales por la intervención letrada en expediente administrativo SRT N°297136/25 por hipoacusia laboral. El Tribunal hizo lugar a la demanda y reguló los honorarios del Dr. Francisco P. Bulla en la suma de QUINCE JUS ARANCELARIOS, imponiendo su pago a cargo de Federación Patronal Seguros SAU y las costas al orden causado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Dr. Francisco Pablo Bulla, por derecho propio, con patrocinio letrado del Dr. Joaquin Bautista Quadranti.
Demandado: Federación Patronal Seguros SAU (representada en autos por el Dr. Eduardo De Felipe).
Objeto: Regulación de honorarios extrajudiciales por las actuaciones profesionales cumplidas en el expediente administrativo SRT N°297136/25 (Comisión Médica N°31 B) en defensa del trabajador Sr. Luis Emilio Brascar, relativo a hipoacusia perceptiva bilateral reconocida como enfermedad laboral.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se regularon honorarios del actor en QUINCE JUS ARANCELARIOS -15
- más adicionales de ley e IVA a cargo de la ART; se impusieron las costas en el orden causado; se regularon asimismo honorarios de los letrados intervinientes en el proceso y se intimó pago de tasas de justicia por $17.566,56 y contribución del 5% por $878,32.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"En síntesis, tengo por acreditado que el Sr. Brascar cumplió con la instancia administrativa previa, con la asistencia letrada del aquí accionante, y que se configuraron los extremos que habilitan la regulación de los estipendios profesionales, en estricta aplicación de la ley 14.967."
"A consecuencia de lo anteriormente expuesto, de las pautas establecidas en los artículos 44 y 55 de la Ley de Honorarios de Abogados y Procuradores (14.967), que fijan los parámetros para la regulación de honorarios, y ante la inexistencia de base arancelaria e invaluabilidad del derecho del trabajador que estuvo en cuestión, estimo prudentemente en atención al valor, mérito y calidad jurídica de la labor desarrollada, que por sus labores cumplidas en el expediente SRT N°297136/25 que le corresponden al Dr. Francisco Pablo Bulla la suma de QUINCE JUS ARANCELARIOS -15-, con más sus adicionales de ley (arts. 44 y 55 de la ley 14.967) con más el IVA (arts. 3º, inc. e y 9º, ley 23.349), los que quedarán a cargo de 'Federación Patronal Seguros SAU'."
Bloque dispositivo final (extracto):
"1.
- Hacer lugar a la demanda incoada por el Dr. Francisco Pablo Bulla contra Federación Patronal Seguros SAU.-
2.
- Regular los honorarios profesionales, por las labores cumplidas en el expediente SRT N°297136/25, del Dr. Francisco Pablo Bulla en la suma de QUINCE JUS ARANCELARIOS -15
- con más sus adicionales de ley ... los que quedarán a cargo de 'Federación Patronal Seguros SAU'.-
3.
- Imponer las costas en el orden causado ..."
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