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SIREH MARIO ALEJANDRO C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE

El actor demandó a la ART por enfermedad/accidente laboral y las partes presentaron un acuerdo transaccional para poner fin al pleito. El Tribunal homologó el acuerdo presentado (art. 15 L.C.T.), impuso costas a la demandada y reguló tasas, honorarios y peritos, disponiendo transferencias a cuenta sueldo y requisitos para el cobro.

Homologacion de acuerdo Art. 15 lct Accidente/enfermedad laboral Art Costas a la demandada Honorarios profesionales Tasa de justicia $121.000 Cuenta sueldo Transferencia cbu/cuil Peritos y montos.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: SIREH MARIO ALEJANDRO. Demandado: EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Objeto: Controversia por enfermedad/accidente laboral (acción promovida contra la ART), concluida mediante acuerdo transaccional presentado por las partes. Decisión: Homologar el acuerdo presentado a fs. 55 (art. 15 L.C.T.); imponer costas a la parte demandada; fijar tasa de justicia $121.000; regular honorarios de letrados y peritos; disponer modalidad de depósito/transferencia a cuenta sueldo y requisitos para percibir los créditos.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo, lenguaje original): "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones.
- Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte demandada.- ASI LO VOTO." Bloque dispositivo final (texto íntegro relevante): "Homologar el acuerdo presentado a fs. 55 (art. 15 L.C.T.). Con costas a la parte DEMANDADA (art. 24 y 26 Ley 15.057).- Habiendo sido necesaria la intervención jurisdiccional, hágase saber que el importe de la tasa de justicia asciende a la suma $ 121.000 (arts 337 y 340 Ley 10.397). Regulase los honorarios de los Dres. PANTUSO GISELLE LUDMILA (26.689.332) en la suma de $1.100.000 (20.66 JUS) y al Dr. ROMETTI ROBERTO DANIEL ENRIQ (25.040.906) en la suma de $ 1.100.000 (20.66 JUS), respectivamente, con más el 10% (...) e IVA si correspondiere y los de los peritos AROCHA DEBORA LUISA, PORTELA RODRIGUEZ MARIA FERNANDA. MARTINEZ RICARDO GUSTAVO y PELLEGRINI OCAMPO DIEGO HERNAN en las sumas de $275.000, $275.000, $275.000 y $165.000 respectivamente, con más las respectivas adiciones legales (...) e IVA si correspondiere.- Hágase saber a la ART que conforme el art. 17 de la ley 27.348 todas las prestaciones dinerarias e indemnizaciones que se liquiden administrativa o judicialmente, deberán ser depositadas en la "cuenta sueldo" del respectivo trabajador... Hágase saber al actor a que deberá comunicar a la ART demandada entidad y sucursal Bancaria; CBU ; Número de cuenta y CUIL bajo su titularidad a la cual se transferirán los fondos que le correspondieren (art 277 LCT modificada por ley 27802).- ...Hágase saber a la parte obligada al pago que deberá acreditar en autos la efectivización de las transferencias por los Creditos y honorarios reconocidos en la presente resolución, bajo apercibimiento de darle curso a las medidas ejecutivas que eventualmente promuevan los interesados (art. 12 ley 15.057)."
- Votos: los Dres. Budnik, Saccardo y Larequi votaron en el mismo sentido; el bloque dispositivo final confirma la homologación por unanimidad.

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