GOROSO JOAQUÍN JESÚS C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor accionó contra la aseguradora por accidente de trabajo reclamando indemnización por secuelas físicas y psicológicas. El Tribunal hizo lugar a la demanda por las secuelas físicas y condenó a la demandada a pagar $2.479.035,00 más intereses (total $5.622.865,00 al 4/9/2026), pero desestimó el rubro por daño psicológico por falta de prueba.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GOROSO JOAQUÍN JESÚS, por medio del Dr. Juan Raffo.
Demandado: SWISS MEDICAL ART S.A., con patrocinio del Dr. Santiago Sanchez.
Objeto: Acción derivada de accidente de trabajo ocurrido el 8/01/2024; reclamo de prestaciones dinerarias por secuelas físicas y daño psicológico, más costas y honorarios.
Decisión: Se rechazó por extemporáneo un planteo de fs. 74; se desestimó reclamo por daño psicológico; se hizo lugar a la demanda por las secuelas físicas condenando a la actora a cobrar $2.058.363,00 más la prestación suplementaria $411.672,00 (total $2.479.035,00) con intereses desde el 8/01/2024, que hasta el 4/9/2026 arrojan intereses por $3.152.830,00, implicando un total de condena de $5.622.865,00 al 4/9/2026; se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios y peritajes.
- Fundamentos principales (textos literalmente transcritos relevantes):
- "En cuanto a la existencias de secuelas físicas incapacitantes, debe estarse a lo informado por el perito médico actuante, en el dictamen obrante en autos a fs. 66, de donde surge que la parte actora detenta limitación funcional en el tobillo derecho e hidrartrosis de rodilla derecha que le genera un 6,72% de la total obrera. Asimismo, en el dictamen referido el experto establece la vinculación causal del siniestro denunciado y las patologías identificadas."
- "Respecto de la existencia de secuelas psicológicas incapacitantes, el perito actuante en su dictamen de fs. 71 ha erradicado la existencia del mismo."
- "Deberá, en cambio, desestimarse el rubro referido a daño psicológico y tratamiento psicológico; habiendo incumplido la actora la carga que sobre ella recaía de acreditar su existencia, careciendo por ello de causa legal que lo justifique (art. 375 C.P.C.C. y art. 726 del Código Civil y Comercial)."
- "Por lo antes expresado, considero corresponde hacer lugar a la demanda entablada por el actor por las secuelas físicas padecidas con origen al siniestro de 8/01/2024, contra SWISS MEDICAL ART S.A. por la suma de pesos $2.058.363,00 ... A ello deberé adicionarle la prestación suplementaria regulada en el art. 3 de la ley 26.773 vigente a la fecha del siniestro, por la suma de $411.672,00. Comprende la suma total de $2.479.035,00 (arts. 11, 12, 14 de la ley 24557, art. 3 y 17 ley 26.773)."
- Bloque dispositvo final (transcripción): "I
- Rechazar por extemporáneo el planteo de fs. 74 (art. 18 CN, art. 331 CPCC). II
- Desestimar el rubro referido a daño psicológico por carecer de causa legal que lo justifique (art. 375 C.P.C.C. y art. 726 del Código Civil y Comercial). III
- Hacer lugar a la demanda instaurada referida al siniestro del día 8/01/2024, condenando a SWISS MEDICAL ART S.A., a abonar al actor ... Comprende la suma total de $2.479.035,00 ... De tal manera, los intereses devengados desde el 8/01/2024 hasta el 4/9/2026 se deberán liquidar en la suma de $3.152.830,00.
- Importa en consecuencia el total de la condena en favor del actor a cargo de la demandada la suma total de $5.622.865,00 al 4/9/2026.
- IV
- Imponer las costas a la demandada vencida (art. 24 ley 15.057)".
- Votos: Los Dres. Budnik, Saccardo y Larequi votaron en idéntico sentido; no hubo disidencia de mayoría.
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