ABRAMO DIEGO ALBERTO C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió acción especial por accidente de trabajo y arribó a un acuerdo conciliatorio con la aseguradora demandada. El Tribunal homologó la conciliación, aplicó las costas a la demandada y reguló honorarios de letrados y peritos por las sumas indicadas, imponiendo intimaciones para acreditar pagos y formalidades bancarias.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ABRAMO DIEGO ALBERTO.
Demandado: PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
Objeto: Acción especial por accidente de trabajo (autos caratulados "ABRAMO DIEGO ALBERTO C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO
- ACCION ESPECIAL", Expte. N° 51180).
Decisión: Homologación de la conciliación arribada por las partes; aplicación de costas a la demandada; regulación de honorarios de letrados y peritos por las sumas detalladas; intimación a la demandada para acreditar pago de tasas; orden de pago mediante transferencia o depósito directo y obligación de denunciar datos bancarios y situación previsional/tributaria de los profesionales.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en la sentencia):
1) Voto que abre el acuerdo:
"Atento a que lo pactado libremente por las partes, que informa el escrito presentado cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que supongan derechos reconocidos, ni afectan disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable a homologarlo en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de lo reclamado y acuerdo sobre las costas ocasionadas. (Artículo 15 de la ley 20.744, 1641 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, 73, 160, 162 y concordantes del CPCC; 24, 30 Y 89 de la ley 15.057; Ley 24.557, Ley 26773 y Ley 27.348). ASI LO VOTO."
2) Bloque dispositivo final (conclusión del Tribunal):
"RESUELVE:
a) Homologar la conciliación arribada por las partes en las presentes actuaciones.
b) Aplicar las costas a la DEMANDADA, conforme lo acordado. Regúlanse los honorarios de los letrados intervinientes por la parte actora Dr. POSCA MATIAS OSVALDO en 18,78 IUS, los que al día de la fecha equivalen a la suma de pesos UN MILLON ($1.000.000) y al Dr. PUYOL GUSTAVO EZEQUIEL en 16,90 IUS, los que al día de la fecha equivalen a la suma de pesos NOVECIENTOS MIL ($900.000) y por la parte demandada a los Dres. CELI FERNANDO MARTÍN y LEVENE FERNANDO PABLO en 11,60 IUS, los que al día de la fecha equivalen a la suma de pesos SEISCIENTOS DIECI SIETE MIL QUINIENTOS ($617.500), para cada uno de ellos, los que se incrementarán con los porcentajes legales pertinentes e IVA si correspondiere (...) Los honorarios de la perito contadora NAZARRE CARDOSO JIMENA ELEONORA, se fijan en la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA MIL ($380.000) (...) Los honorarios de la perito médica VICENTE EVANGELINA, se regulan en la suma de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA MIL ($380.000) (...),
c) Intimar a la parte demandada para que en el plazo de DIEZ DIAS adjunte los correspondientes comprobantes que acrediten el pago de la suma de PESOS DOSCIENTOS NUEVE MIL ($209.000) en concepto de Tasa Retributiva de Servicios Judiciales y la suma de PESOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA ($10.450) en concepto de Contribución del 5% (...) bajo apercibimiento si no lo hiciere de remitir de oficio los antecedentes a la Dirección General de Asesoría Pericial (...) y Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires (...).
d) Hágase saber a las partes que la cancelación del CAPITAL y HONORARIOS profesionales (letrados y peritos) regulados en autos deberá efectuarse MEDIANTE TRANSFERENCIA O DEPÓSITO DIRECTO EN LA CUENTA BANCARIA PERSONAL DE CADA BENEFICIARIO en orden a la normado por el Art. 277 de la Ley 20.744, modificado por Ley 27.802 (B.O. 06/03/2026), debiendo la obligada al pago acreditar en estos actuados la cancelación de los pagos a su cargo de forma inmediata posterior a su efectivización."
- Votación y conformidad: La Dra. Marcasciano votó por homologar y los Dres. Vigliarolo y Bordino "por compartir fundamentos, votan en igual sentido", por lo que la homologación y las regulaciones se adoptan por unanimidad del Tribunal.
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