FUENTES GASTON ANDRES C/ BUONVICINO PAULA ANDREA S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Incidente de aclaratoria sobre sentencia homologatoria para corregir la imposición de costas del acuerdo. El Tribunal hizo lugar al recurso de aclaratoria y determinó que las costas del acuerdo se adjudiquen en el orden causado, con la liquidación consignada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La parte trabajadora (parte actora).
Demandado: La demandada (no individualizada en la resolución extractada).
Objeto: Se interpuso un recurso de aclaratoria respecto de la sentencia homologatoria de fecha 27/08/26, por un error material en la aplicación de las costas derivadas del acuerdo conciliatorio.
Decisión: Se hizo lugar al recurso de aclaratoria y se determinó la aplicación de las costas del acuerdo arribado por su orden, practicándose la liquidación que se consigna en la resolución (capital y honorarios).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original):
"Que de se ha indicado en forma incorrecta en el resolutorio de fecha 27/08/26, la aplicación de costas derivadas del acuerdo conciliatorio arribado por las partes oportunamente, deviene necesario modificarlo en lo pertinente."
"Que por los fundamentos expuestos, deviene el imperativo la aplicación de costas en lo pertinente al redactarse la segunda cuestión y la parte resolutiva de la Sentencia Homologatoria dictada con carácter definitivo, dejándose consecuentemente establecido que, conforme lo solicitado por las partes oportunamente, las costas de acuerdo arribado deberán ser soportadas en el orden causado."
Texto del decisorio final (transcripción):
"Con fundamento en lo dispuesto por los arts. 166 del C.P.C.C. y 63 de la ley 11.653; doctrina y jurisprudencia citada, hacer lugar al recurso de aclaratoria interpuesto y en consecuencia determinar la aplicación de las costas del acuerdo arribado por su orden, conforme lo estabelcido en la presente liquidación:
A CARGO DE LA DEMANDADA
CAPITAL $4.914.000
HONORARIOS JUAN PABLO MAÑA 18.46 JUS + 10% + 21%
A CARGO DE LA PARTE ATORA
HONORARIOS MARIA LETICIA PEY 18.46 JUS + 10%"
Además, se ordenó notificar en forma electrónica conforme art. 143 inc. 1º del C.P.C.C.
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