FIERRO SERGIO MARTIN C/ ASOCIART ART SA S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
Se solicitó la regulación de honorarios por trabajos extrajudiciales originados en expediente administrativo SRT 656844/25 por divergencia en la determinación de incapacidad. El Tribunal hizo lugar al pedido y reguló honorarios a favor del Dr. Sergio Martín Fierro en 7,50 JUS (más 10% ley 10.268 e IVA) imponiendo además las costas a la demandada y regulando honorarios auxiliares por 1,45 JUS para cada letrado por el trámite judicial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: El Dr. Sergio Martín Fierro.
Demandado: ASOCIART ART S.A.
Objeto: Regulación judicial de honorarios por trabajos extrajudiciales realizados en la Comisión Médica Nº 124 de Azul en el Expte. administrativo SRT 656844/25 (divergencia en la determinación de la incapacidad) conforme art. 55 Ley 14.967.
Decisión: Se hizo lugar al pedido de regulación de honorarios del Dr. Sergio Martín Fierro por trabajos extrajudiciales y se impuso su abono a cargo de la demandada; además se regularon honorarios por el trámite judicial para ambos profesionales intervinientes y se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes del fallo, lenguaje original):
"Expuestos brevemente los antecedentes del caso, revisadas las íntegras actuaciones administrativas se vislumbra que el indicado procedimiento adquiere plena entidad y utilidad con relación al motivo de inicio, pues, el damnificado intervino con la debida asistencia técnica que le permite transitar el procedimiento obligatorio impuesto por la reglamentación; habiéndose consumido el objeto/motivo con el dictamen emitido por el Servicio de Homologación validando el procedimiento y el posterior archivo de las actuaciones, consumándose así el objeto que le dio razón de ser al trámite administrativo.
Por lo que corresponde valorar la actuación profesional en el indicado procedimiento que adquirió singularidad y autonomía permitiendo la obligada y necesaria intervención del profesional letrado tratándose de una obligación de medios y o de resultado.
Sin necesidad de otras consideraciones, por el trámite administrativo sometido a evaluación y consideración, sin contar con base económica, corresponde regular los honorarios del Dr. SERGIO MARTIN FIERRO, teniendo presente el mérito y calidad jurídica de la labor desarrollada, en 7.50 Jus (arts. 1, 7, 16 inc. a), b), c), e), g) h), arts. 21, 43, 44 y 55 de la ley 14.967, arts. 36 y 37 y ccds. de la Resol. SRT 298/2017)."
Texto del dispositivo final (transcripto íntegramente por ser el bloque dispositivo que manda sobre votos):
"RESUELVE:
REGULAR los honorarios de Dr. SERGIO MARTIN FIERRO por trabajos extrajudiciales llevados a cabo en sede administrativa SRT 656844/25 en la cantidad de 7.50 JUS (art. 16, 21, 44 y conds. Ley 14.967) con más el 10% que determina el art. 2 de la ley 10.268 e IVA, en caso de corresponder importe que deberá ser abonado por la demandada, dentro de los DIEZ DÍAS de quedar firme la presente sentencia, bajo apercibimiento de ejecución (arts. 1, Titulo II punto II. Honorarios Mínimos por la Actuación Extrajudicial; art. 16 inc. a), b), c), e), g) h), de la ley 14.967, arts. 36 y 37 y ccds. de la Resol. SRT 298/2017).-
IMPONER las costas a cargo de demandada (art. 24 de la Ley 15057) .-
REGULAR los honorarios del Dr. SERGIO MARTIN FIERRO y los de la Dra. ROMINA MAINERI por lo actuado en el presente trámite de determinación judicial de honorarios extrajudiciales, en la cantidad de 1,45 JUS para cada uno de ellos, con más los correspondientes aportes legales e IVA en caso de corresponder (arts. 9, 16 incs. a, b. e. h, y ccds., 22, 43, de la Ley 14.967) .-"
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