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RUNO SILVIA ADRIANA C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

Solicitud de regulación de honorarios por trabajos extrajudiciales en expediente administrativo SRT592170/25. El Tribunal hizo lugar y reguló honorarios por 7,50 JUS más porcentajes e IVA y ordenó su pago a la demandada dentro de sesenta días, imponiéndole además las costas.

Honorarios Trabajos extrajudiciales Comision medica Ley 14.967 Srt592170/25 Provincia de buenos aires Regulacion de honorarios Costas Jus Pago en 60 dias.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La Dra. Silvia Adriana Runo. Demandado: Provincia de Buenos Aires (accionada). Objeto: Regulación de honorarios profesionales por trabajos extrajudiciales realizados en la Comisión Médica Nº 126 de Tandil en el marco del expediente administrativo SRT592170/25, por divergencia en la determinación de la incapacidad a favor de Barragán Elvira Haydée. Decisión: Se regulan los honorarios de la Dra. Silvia Adriana Runo por trabajos extrajudiciales en 7,50 JUS con más el 10% que determina el art. 2 de la ley 10.268 e IVA, a cargo de la demandada, pagaderos dentro de los sesenta días de quedar firme la sentencia; se imponen las costas a la demandada; además se regulan honorarios por el trámite de determinación judicial en 1,45 JUS.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Que se presenta en autos la Dra. SILVIA ADRIANA RUNO solicitando se regulen los honorarios profesionales conforme lo establecido en el art. 55 de la Ley 14.967 por su labor llevada a cabo en el ámbito de la Comisión Médica Nº 126 de la ciudad de Tandil en el marco del Expte. administrativo SRT 592170/25 con motivo de 'DIVERGENCIA EN LA DETERMINACIÓN DE LA INCAPACIDAD.' en favor de BARRAGAN ELVIRA HAYDEE." "Por lo que corresponde valorar la actuación profesional en el indicado procedimiento que adquirió singularidad y autonomía permitiendo la obligada y necesaria intervención de la profesional letrada tratándose de una obligación de medios y o de resultado." "Sin necesidad de otras consideraciones, por el trámite administrativo sometido a evaluación y consideración, sin contar con base económica, corresponde regular los honorarios de la Dra. SILVIA ADRIANA RUNO, teniendo presente el mérito y calidad jurídica de la labor desarrollada, en 7.50 Jus (arts. 1, 7, 16 inc. a), b), c), e), g) h), arts. 21, 43, 44 y 55 de la ley 14.967, arts. 36 y 37 y ccds. de la Resol. SRT 298/2017)." Bloque dispositivo final (texto literal): "RESUELVE: REGULAR los honorarios de la Dra. SILVIA ADRIANA RUNO por trabajos extrajudiciales llevados a cabo en sede administrativa SRT592170/25 , en la cantidad de 7.50 JUS (art. 16, 21, 44 y conds. Ley 14.967) con más el 10% que determina el art. 2 de la ley 10.268 e IVA, en caso de corresponder importes que deberán ser abonados por la demandada, dentro de los SESENTA DÍAS de quedar firme la presente sentencia, bajo apercibimiento de ejecución conforme lo dispuesto por el art. 70 de la ley de Presupuesto
- Economía y Finanzas Nro. 15394, sancionada el día 15-12-2022 y publicada en el Boletín Provincial el día 29-Dic-2022.- IMPONER las costas a cargo de demandada (art. 24 de la Ley 15057) .- REGULAR los honorarios de la Dra .SILVIA ADRIANA RUNO por lo actuado en el presente trámite de determinación judicial de honorarios extrajudiciales, en la cantidad de 1,45 JUS, con más los correspondientes aportes legales e IVA en caso de corresponder (arts. 9, 16 incs. a, b. e. h, y ccds., 22, 43, de la Ley 14.967) .-"

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