MENDOZA DIEGO HERNAN C/ AUTOASEGURADA GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ MATERIA A CATEGORIZAR
Reclamo por diferencia indemnizatoria por incapacidad laboral y actualización monetaria. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucionales normas restrictivas de indexación (arts. 7 ley 23.928; arts. 12 y 14 ley 24.557) y condenó a Fiscalía de Estado al pago de $9.500.322,73 más intereses y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Diego Hernan Mendoza.
Demandado: Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires (por incumplimiento de sentencia administrativa y pago parcial).
Objeto: Diferencia por indemnización por incapacidad parcial y permanente (1,72% no abonado) derivada de la sentencia administrativa que fijó incapacidad en 6,72%, actualización por depreciación monetaria (se propuso índice RIPTE) y capitalización/intereses; además se solicitó declaración de inconstitucionalidad de la prohibición de indexar.
Decisión: Por mayoría, se hizo lugar a la demanda. Se declaró la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 (texto según ley 25.561) y de los arts. 12 y 14 de la ley 24.557 vigentes al momento del hecho; se condenó a Fiscalía de Estado al pago de $9.500.322,73 en concepto de diferencia por prestaciones dinerarias (art. 14 inc. 2º a) ley 24.557), más interés compensatorio del 6% anual desde la fecha del hecho y, desde la mora, intereses moratorios conforme art. 770 C.C.C. (promedio tasa activa cartera general del BNA) y costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del tribunal):
"la fecha de toma de conocimiento de la incapacidad -en el caso, el día del accidente
- localiza la exigibilidad del crédito, o bien, desde la perspectiva del deudor, la fecha a partir de la cual la obligación ha sido 'debida', y en rigor, se constituye en punto de partida para el cómputo de los intereses..." (cita: SCBA LP L 111264 S 16/07/2014 "Rinaldi").
"En dicho sentido se ha expedido la Suprema Corte de Justicia Provincial, en la causa L. 129.800 'Muzychuk Claudio Rubén...'(sent. del 14/7/2025), que conforma doctrina legal aplicable al caso, ratificando la declaración de inconstitucionalidad del Dec. nro. 669/19."
"El núcleo del problema está centrado en la interdicción legal de la actualización, reajuste o indexación de las obligaciones dinerarias expresadas en moneda de curso legal (arts. 7 y 10, ley 23.928, texto según ley 25.561). ... El ceñido esquema que impone la ley antes citada, en más de un supuesto facilita la licuación del capital adeudado y provee soluciones alejadas de los intereses económicos en presencia."
"Así, las razones apuntadas justifican, ... la declaración de inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 ... y consecuentemente del art. 12 inc. 2 de la ley 24.557, ... así como a la inaplicabilidad al caso, con el objeto de establecer una valorización adecuada del crédito correspondiente al rubro indemnizatorio reconocido en este proceso."
Cálculos y resultado cuantitativo citados por el Tribunal (votos mayoritarios):
- IBM calculado: $10.407,13.
- Aplicación índice RIPTE (Ripte diciembre/2012 999,43; Ripte junio/2026 218.990,11) y fórmula aplicable; montos resultantes utilizados por la magistrada iniciadora:
- Importe actualizado por art. 14 ley 24.557: $18.841.969,87
- Pago parcial actualizado (8/2/2014 $74.905,96 → $13.110.041,11)
- Diferencia resultante a favor del actor: $9.500.322,73
- Condena: pago de $9.500.322,73 en el plazo de diez días desde notificada la resolución; intereses compensatorios al 6% anual desde el día del evento dañoso; desde la mora intereses según art. 770 C.C.C. (promedio tasa activa cartera general BNA), y costas a la demandada.
Voto en disidencia parcial o matización (J. Bertolotti): el juez adhiere a la mayoría en todo salvo en el mecanismo de actualización del IBM, proponiendo la aplicación de la Tasa de Interés Moratorio (TIM) del BCRA (art. 768 inc. c) CCyCN) como criterio para actualizar el IBM por considerar apropiada esa tasa para preservar la suficiencia de la prestación.
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