SANCHEZ BRIAN MAXIMILIANO C/ G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD SA S/ MATERIA A CATEGORIZAR
El actor demandó por indemnización agravada por falta de entrega de certificados de trabajo (art. 80 LCT/ley 25.345). El Tribunal rechazó íntegramente la demanda porque la empresa acreditó la entrega de la documentación al contestar la demanda y porque la sanción prevista por la ley 25.345 quedó derogada por la ley 27.742.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: SANCHEZ BRIAN MAXIMILIANO, por intermedio de su letrada Dra. Ayelén Reynoso.
Demandado: G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD SA, representada por el Dr. Carlos Gustavo Fasano.
Objeto: Cobro del agravamiento indemnizatorio previsto en el art. 80 LCT (conforme art. 43 ley 25.345, derogada por ley 27.742), más actualizaciones e intereses, por falta de entrega de certificado de trabajo y constancias de aportes.
Decisión: Rechazar en todas sus partes la demanda interpuesta por Sánchez contra G4S (art. 726 CCCN). Costas a cargo de la parte actora con beneficio de gratuidad. Regulados honorarios (parte actora 7 Jus.; parte demandada 10 Jus.; perito contador 3 Jus.).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"De la entrega de los certificados de trabajo
Del citado intercambio telegráfico, surge que el actor intimó a su ex empleador para que le entregue las certificaciones de trabajo (art. 80, LCT).... Por su lado la requerida, respondió manifestando que la documentación siempre estuvo a disposición del Sr. Sánchez. Sin embargo el actor insistió con su pedido al sostener que nadie se comunicó con él para tal fin.
Así las cosas, el actor promovió demanda judicial 'por Indemnización por Falta de Entrega de Certificado de Trabajo y Constancias del Cumplimiento con los Organismos Sindicales y de la Seguridad Social
- Art. 80 L.C.T' (SIC). Sin embargo, destaco que no integra su pretensión la efectiva entrega del los citados certificados, sino que solo persigue el cobro del resarcimiento económico que indica.
Luego, el demandado, en su primera presentación, acompañó las constancias laborales previstas en el art. 80 LCT (certificado individual para el trabajador, planilla Anses PS6.2 y certificado expedido por ARCA (ex AFIP). El actor, sin cuestionar en ningún aspecto dicha documentación, solicitó su desglose.
Por lo tanto, juzgo que G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD SA recién al momento del responde de la demanda judicial, dio cumplimiento con la obligación que prevé el art. 80 de la LCT (art. 375 CPCC)."
"En este orden de ideas, el art. 45 de la ley 25.345 ... no resulta operativo si el trabajador intimó la entrega de los certificados de trabajo, con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley 27.742. Puesto que el art. 99 de la ley 27.742 (B.O 8/7/24) eliminó la sanción incorporada por la ley 25345. Por lo tanto, aquel agravamiento indemnizatorio se encuentra derogado desde entonces, o sea mucho antes de la ruptura del vínculo de trabajo entre las partes, ocurrido en fecha 22/5/2025."
"A raíz de las conclusiones arribadas anteriormente y no existiendo en nuestro ordenamiento jurídico positivo obligación sin causa, propicio rechazar la totalidad de la demanda interpuesta por BRIAN MAXIMILIANO SANCHEZ contra G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD SA, (art. 726 CCCN), con costas a la parte actora con el beneficio previsto en el art. 27, ley 15.057 y 20, LCT), lo que así propicio al Acuerdo."
- Voto y mayoría: La Dra. Yamilia Valcarce emitió el voto que constituye el fundamento; los Dres. Minuto y Giménez adhieren "por compartir fundamentos y lo hacen en igual sentido". El bloque dispositivo final acuerda el rechazo integral de la demanda.
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