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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ELABORADORA BONAERENSE DE INSUMOS ORGANICOS SA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial para cobrar una deuda tributaria por $2.449.015,30 más intereses. El Tribunal hizo lugar a la demanda, ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro y condenó en costas a la demandada por no haber opuesto excepciones legítimas en plazo.

Apremio provincial Accion ejecutiva fiscal Deuda tributaria Intereses art. 104 codigo fiscal Cpcc arts. 155 166 540 549 556 68 Fisco provincia de buenos aires Elaboradora bonaerense de insumos organicos s.a. Condena en costas Notificacion electronica scba Sentencia de primera instancia

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: ELABORADORA BONAERENSE DE INSUMOS ORGANICOS S.A. Objeto: Ejecución/apremio provincial por capital reclamado de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINCE CON 30/100 ($2.449.015,30) más los intereses que se devenguen conforme al art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Decisión: Se hace lugar a la demanda; disponer la continuación de la ejecución hasta el pago íntegro del capital y sus intereses; costas a la demandada; regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes con lenguaje original del Tribunal): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)." "Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor ELABORADORA BONAERENSE DE INSUMOS ORGANICOS S.A. haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINCE CON 30/100 ($2.449.015,30) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno." (Registro y notificación electrónica conforme al art. 10 del Anexo único de la Ac. 4013 SCBA: 20347270483@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR.)

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