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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MANUELA S.R.L. S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco promovió ejecución apremio provincial contra MANUELA S.R.L. reclamando $3.417.195,20 por Título Ejecutivo N° 1514047 más intereses. El Tribunal ordenó la prosecución de la ejecución con trance y remate hasta el pago íntegro, declaró la pérdida del derecho a oponer excepciones y constituyó domicilio en los estrados judiciales.

Apremio provincial Trance y remate Ejecucion Perdida del derecho a oponer excepciones Fisco provincial Deuda tributaria Intereses codigo fiscal Domicilio constituido en estrados Intimacion de pago (miramar) Titulo ejecutivo n? 1514047

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: MANUELA S.R.L. (CUIT N° 30-64777872-7). Objeto: Ejecución apremio provincial, con pedido de trance y remate para obtener pago del capital reclamado por el ejecutante conforme Título Ejecutivo N° 1514047, por la suma de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS DIECI SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO CON VEINTE CENTAVOS ($ 3.417.195,20), más intereses previstos por el Código Fiscal, gastos y costas. Decisión: Se hace lugar a lo peticionado; se manda llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada haga íntegro pago del capital reclamado ($ 3.417.195,20) con más intereses, gastos y costas; se difiere regulación de honorarios; se tiene por constituido domicilio en los estrados del Juzgado; se registra notificación conforme art. 41 del CPCC.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales mantenidas tal cual aparecen en el fallo):
- "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC)."
- "Por ello, conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC., FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada MANUELA S.R.L. (CUIT N° 30-64777872-7) haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante, que asciende a la suma de pesos TRES MILLONES CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO CON VEINTE CENTAVOS ($ 3.417.195,20), -conforme Título Ejecutivo Nro. 1514047-, con más los intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta la fecha de su total y efectivo pago, los gastos y las costas de la ejecución (art. 556 del CPCC)."
- "Se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967."
- "Se tiene por constituído el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7 de la ley 13.406 y 41 del CPCC)."
- "Se deja constancia que la diligencia de intimación de pago se ha efectuado en el domicilio de la calle 29 N° 1315 de la ciudad de Miramar (art. 14 Ac. 2514/92)."
- "REGISTRESE. NOTIFIQUESE a la parte demandada en los términos previstos por el art. 41 del CPCC (art. 11 inc. a, del Ac. 4039 de la SCBA)."

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