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MAINET MIGUEL RUBEN C/ CAJA DE RETIROS, JUB. Y PENS. DE LAS POLICIAS DE LA PCIA. Y OTRO/A S/ PRETENSION ANULATORIA - PREVISION

El actor demandó para que se incorpore al haber jubilatorio el adicional por gastos de representación previsto en la ley 13.982 y su DR 1.050/09. El Tribunal hizo lugar a la demanda, anuló la Resolución 98.836/2015 y ordenó la incorporación del rubro al haber jubilatorio y el pago de las diferencias con intereses y regularización de aportes.

1. pretension anulatoria 2. gastos de representacion 3. remuneracion previsional 4. ley 13.982 art. 45 e) ap.7 5. decreto regl. 1.050/09 art. 79 6. movilidad jubilatoria / proporcionalidad 7. anulacion resolucion 98.836/2015 8. actualizacion a valores actuales e intereses 9. regularizacion aportes previsionales 10. decreto 385/2022 (impugnacion rechazada)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Miguel Rubén Mainet, por derecho propio. Demandado: Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires (y Ministerio de Seguridad). Objeto: Anulación de la Resolución Nº 98.836/17-3-2015 y reconocimiento en el haber jubilatorio del adicional "gastos de representación" (art. 45 inc. e) ap. 7 ley 13.982 y art. 79 DR 1.050/09), más intereses, actualización y costas. También, en ampliación, impugnación del art. 5 del Decreto 385/2022 por reducción de porcentuales. Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se anuló la Resolución 98.836/17-3-2015; se condenó a la Caja a incorporar al haber jubilatorio del actor el adicional por gastos de representación desde la fecha de la baja a los fines jubilatorios, abonar las diferencias (incluyendo incidencia en el SAC), regularizar los aportes previsionales adeudados y pagar intereses según la fórmula indicada; se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Delimitación de la controversia Conforme ha quedado trabada la litis, la cuestión a resolver se circunscribe en determinar si asiste razón a la parte actora al reajuste del haber previsional con la incorporación de la compensación por 'gastos de representación', contemplada en los artículos 45 inc. e) apartado 7 de la ley 13.982 y 79 del DR 1.050/09." "De la documental adjunta a los presentes actuados, surge que el actor ingresó a la Institución el 19-2-1.979... fue ascendiendo periódicamente de rango siendo su última promoción el 20-7-2.009 al cargo de Comisario Mayor. Rango que detentó hasta su Retiro Activo Voluntario que operó el 31-5-2.013... De los recibos de haberes en pasividad acompañados se destaca que el actor presenta jerarquía de cese y de cobro de Comisario Mayor y la compensación no fue trasladada al haber jubilatorio." "El Departamento de Embargos, Descuentos y Fiscalización de Asignaciones, Liquidación de Haberes, Regímenes Policiales informó que: '.Correspondería informar que el Comisario Mayor (RAO), MAINET MIGUEL RUBEN, percibió Suplemento por Gastos de Representación desde el 01/03/2.010.' ... Lo que se extendió hasta el momento del cese, pues luce confirmado con el recibo de sueldo correspondiente al mes de mayo de 2.013." "En efecto, en dicha oportunidad, el Tribunal de Alzada consideró que el mentado adicional, más allá de su nomen iuris y de cómo ha sido contemplado, se halla provisto de los caracteres propios de una remuneración, esto es, su percepción habitual y regular... bajo la denominación 'gastos de representación', se abona en forma periódica, con habitualidad y regularidad y no se otorga exclusivamente en función de la conducta individual del agente, sumado a que no está sujeto a rendición alguna." "Por lo tanto, atendiendo a las notas de regularidad y habitualidad de su percepción, lo que los transforma en remunerativos, permiten considerarlos... como integrantes de la base de cálculo... dado que el emolumento cuestionado se abona mensualmente y se calcula en una proporción fija sobre el sueldo neto, a todos los agentes que se desempeñen en determinados cargos jerárquicos que la norma determina." "De allí que sólo debe ejercerse [el control de inconstitucionalidad] cuando la repugnancia con la cláusula constitucional es manifiesta y la incompatibilidad inconciliable, de modo tal que, al no quedar acreditado en el presente, procede desestimar el planteo de inconstitucionalidad formulado." Fallo (dispositivo): "1°) Hacer lugar a la pretensión esgrimida, anular la Resolución n° 98.836 del 17-3-2.015 y condenar a la Caja... a reconocer el derecho del accionante a percibir en su haber jubilatorio el pago del adicional por 'gastos de representación'... y se abonen las diferencias entre lo efectivamente pagado y lo aquí resuelto, más las diferencias sobre la incidencia porcentual en el SAC y con la correspondiente cancelación de los aportes previsionales no efectuados -adeudados
- por el accionante... A las sumas reconocidas, deberá aplicarse los intereses a la tasa del 6% anual desde el devengamiento de cada una... y, de allí en más, la tasa pasiva más alta... que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires por sus depósitos a 30 días."

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