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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ATIA MARIANO ANGEL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución fiscal por deuda tributaria contra Mariano Ángel Atia. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó trance y remate hasta cobrar $1.119.377,20 más intereses, con costas, y constituyó domicilio de la parte ejecutada en los estrados por incumplimiento de notificaciones.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Deuda tributaria Trance y remate Notificacion domicilio fiscal Perdida de derecho a usar excepciones Codigo fiscal (arts. 32 104 168) Cpc caba (arts. 133 155 556) Costas Honorarios diferidos

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Mariano Angel Atia. Objeto: Ejecución fiscal (apremio provincial) por la suma de PESOS UN MILLON CIENTO DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($1.119.377,20) en concepto de capital reclamado, más intereses. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se ordenó llevar adelante trance y remate hasta tanto el ejecutado pague íntegramente el capital reclamado ($1.119.377,20) con más sus intereses; se impusieron las costas al demandado; se difirió la regulación de honorarios hasta liquidación firme; y por no haber cumplido con notificaciones, se tuvo al demandado por constituido el domicilio en los estrados del juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): I.
- "La parte demandada que fue notificada, bajo responsabilidad del fisco actor, en su domicilio fiscal (art. 32 Código Fiscal T.O 2.011), no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el actuario en este acto.
- En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 C.P.C.C.).-" II.
- "Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta de los títulos ejecutivos obrantes en la causa, y lo dispuesto por los arts. 104 y 168 del Código Fiscal T. O. 2.011.-" Fallo (fragmentos decisorios): "1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada MARIANO ANGEL ATIA haga al acreedor Fisco de la Provincia de Buenos Aires, íntegro pago del capital reclamado de PESOS UN MILLON CIENTO DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($1.119.377,20) en concepto de capital reclamado, con más sus intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal,
- Con costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.).-" "2º) Difiérese la regulación de honorarios del Letrado interviniente hasta tanto obre en autos liquidación firme.-(arts. 51 Ley 14.967 y 22 Ley 13.406).-" "3º) No habiendo la parte demandada, dado cumplimiento a lo dispuesto por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituído el domicilio en los estrados del juzgado.
- (art. 133 C.P.C.C.).-"

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