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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ FLEITA ALBERTO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal de apremio por deuda tributaria. El Tribunal ordenó proceder a trance y remate y ejecutar hasta cobrar la suma de $2.385.647,50 más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal, imponiendo las costas al vencido.

Ejecucion fiscal Trance y remate Fisco de la provincia de buenos aires Deuda tributaria Art. 104 codigo fiscal Costas al vencido Ley 13.406 Domicilio en estrados Regulacion de honorarios diferida $2.385.647 50

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Quién demanda (Actor) FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
- A quién se demanda (Demandado) FLEITA ALBERTO
- Qué se reclama (Objeto de la demanda) Ejecución fiscal (causa de trance y remate) para el cobro del capital reclamado de Pesos 2.385.647,50 más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la fecha de interposición hasta su efectivo pago; regulación de honorarios diferida.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal) Se ordenó llevar adelante la ejecución en trámite (trance y remate) hasta el pago íntegro del capital reclamado de $2.385.647,50 más intereses según art. 104 del Código Fiscal; se impusieron las costas al vencido; se difirió la regulación de honorarios para oportunidad prevista en el art. 51 Ley 14967; se tuvo por constituido el domicilio en los estrados del Juzgado y se ordenó notificar.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes; lenguaje original): "No habiendo la parte ejecutada, debidamente intimada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 7 Ley 13.406).
- Por ello, de conformidad con lo solicitado, y lo dispuesto por los art. 7, 10, 25 y ccs de la Ley 13.406 :" "RESUELVO: I.
- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada haga al accionante FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado de Pesos DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 50/100 ($2.385.647,50) con mas los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (t.o. según Res. 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda en Receptoría General de Expedientes y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (cfme art. 25 ley 13406).- II.
- Difiérase la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el Art. 51 de la Ley 14967. (Art. 15 y 22 Ley 13.406). Téngase al demandado por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado REGISTRESE
- NOTIFIQUESE.
- en los términos del art. 13 LAP.
- Notifíquese la presente providencia en los términos de los Acs. 4013 y 4039/21 SCBA."

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