GONZALEZ LEANDRO C/ CARO CARLOS S/ COBRO EJECUTIVO
El actor promovió cobro ejecutivo por un pagaré impago por U$D 5.000. El Tribunal ordenó proceder a la ejecución y remate hasta que el ejecutado efectúe el pago íntegro, con intereses desde el 1/7/2020 al 4% anual y costas a cargo del ejecutado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Leandro Nicolás González.
Demandado: Carlos Edgar Caro.
Objeto: Ejecución por pagaré a la vista por U$D 5.000 (dólares estadounidenses), más intereses y costas.
Decisión: Se hace lugar a la ejecución; se manda llevar adelante la ejecución y remate hasta que el ejecutado pague íntegramente el capital reclamado de U$D 5.000, con intereses desde el 1 de julio de 2020 al 4% anual; costas a cargo del ejecutado; difiérese regulación de honorarios; tómese domicilio legal en los estrados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes tal como figuran en el fallo):
"No habiendo la parte ejecutada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar."
"FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada CARLOS EDGAR CARO haga a la parte acreedora LEANDRO GONZALEZ, íntegro pago del capital reclamado de $U$D 5.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL), provenientes de un pagaré pagadero a la vista por ese mismo valor."
"La suma indicada devengará intereses que se calcularán desde la fecha de la mora operada 1 de julio de 2020, día de presentación al cobro del documento denunciado en el escrito de inicio, hasta el efectivo pago, en un nuevo examen de la cuestión y conforme el criterio aplicado por el Superior, tratándose de una obligación de dar suma de dinero caracterizada por la solidez de esa moneda extranjera pactada se calcularán por todo concepto a la tasa del 4% anual (cfr. CALZ, Sala Segunda, "CAPELLO MARIA LAURA C/ BUZZO GUILLERMO DANIEL S/ COBRO EJECUTIVO", registro de resoluciones el 09/02/2026, RR-8-2026; doct. y arg. arts. 767, 768, 769 y ccs. del Digesto Civil y Comercial de la Nación)."
"Costas a la parte ejecutada al resultar vencida (arts.68 y 556 del CPCC)."
Adicionales procesales dispuestas: diferimiento de regulación de honorarios hasta existencia de liquidación judicial (arts.23 y 51 ley 14.967); notificación y registro; constituido domicilio legal del accionado en los estrados (art.41 CPCC).
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