ZARA OLGA ANDREA C/ ZARA MARCELO MANUEL S/ INCIDENTE (FIJACION DE CANON LOCATIVO)
La actora promovió incidente de fijación de canon locativo por la ocupación exclusiva de inmuebles integrantes del acervo hereditario. El Tribunal admitió la demanda y condenó al demandado a pagar $200.000 mensuales desde enero de 2025, actualizables cada cuatro meses por el ICL, con costas a su cargo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Olga Andrea Zara.
Demandado: Marcelo Manuel Zara.
Objeto: Fijación de canon locativo por la ocupación exclusiva del inmueble sito en calle 9 n° 1172 e/ 520 y 521 de Tolosa, integrante del acervo hereditario, con pedido de retroactividad desde enero de 2025.
Decisión: Se admitió la demanda y se condenó al demandado a pagar a la actora la suma de $200.000 mensuales desde enero de 2025 mientras dure el uso exclusivo, con actualización cada 4 meses por el ICL; se impusieron las costas al demandado; no se computan intereses hacia atrás y se fijó tasa moratoria futura según el art. 768 inc. c) del C.C.C.N.; se diferenció la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En el estado actual, existiendo más de un sucesor a adquirir una misma herencia, o una parte de ella, se configura la llamada comunidad hereditaria. En virtud de esta comunidad, y puesto que el llamamiento a la herencia tiene carácter universal, el derecho sobre los bienes que la constituyen pertenece al conjunto de los coherederos (arts. 2335, 2337, 2426 y cc. del C.C.C.N.). Esa comunidad finaliza con la partición, acto mediante el cual ellos van a materializar la porción ideal que en la herencia les tocaba, transformándola en bienes concretos sobre los cuales tienen un derecho exclusivo (art. 2363 del cit. cód)."
"Esa intimación importa en este caso la oposición al uso exclusivo por parte del demandado y con ello nace la obligación de abonar a la co-heredera requirente, en la proporción de su titularidad, un canon locativo (art. 1988 del C.C.C.N.). Todos los coherederos tienen idénticos derecho al uso y goce de las cosas que integran el acervo hereditario. Por lo tanto frente a la oposición esgrimida, y no habiéndose negado la ocupación sobre el inmueble de calle 9 n° 1172 e/ 520 y 521, el accionado ha quedado obligado al pago de una suma equivalente a un canon locativo hasta que se concrete la partición,..."
"Fijó un valor de locación de $ 600.000.-, con actualización cada 4 meses por el Índice de Contratos de Locación (ICL).... Con conforme constancias del proceso sucesorio, meritando que a cada uno de los tres herederos reclamantes les corresponde 1/3 sobre el bien en cuestión, se fijará para la actora la suma de $ 200.000.
- mientras dure el uso exclusivo que el demandado realiza de la propiedad, el que actualizará hacia el futuro cada cuatro meses por el índice de contratos de locación (arts. 163, 384 y 474 del C.P.C.C.; 1988 y cc. del C.C.C.N.)."
"El período debido se inició en enero de 2025 y en atención a que la fijación de canon locativo es actual, no se computarán intereses hacia atrás. Para el futuro y en el caso de que no se abonen las sumas fijadas, los montos devengarán los intereses a la tasa de interés moratorio fijada por el Banco Central en los términos del art. 768 inc. c) del C.C.C.N. (resol. 1/26 sancionada el 7/1/26)."
FALLO (bloque dispositivo final relevante):
"1) Admitir la demanda que por pago de canon locativo promovió OLGA ANDREA ZARA contra MARCELO MANUEL ZARA. 2) Condenarlo a pagar la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000.) mensualmente a la actora, del 1 al 10 de cada mes, la que se actualizará cada cuatro meses con el ICL. 3) Se fija el período devengado desde enero de 2025. 4) Para el caso de incumplimiento se liquidarán los intereses establecidos en el considerando III). 5) Imponer las costas al demandado. 6) Diferir la regulación de honorarios para la oportunidad en que la presente adquiera firmeza y se encuentre establecida la cuantía económica del proceso..."
(No hubo voto dividido; la resolución es de un magistrado de primera instancia.)
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