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ENGINEER SOCIEDAD ANONIMA S/ CONCURSO PREVENTIVO

Engineer SA solicitó la apertura de su concurso preventivo por estado de cesación de pagos y decisión del directorio. El Tribunal declaró la apertura del concurso preventivo en la categoría de concurso ordinario, designó sindicatura, fijó plazos para verificación de créditos, audiencias, medidas cautelares (inhibición general de bienes) y órdenes de oficio a bancos y registros para determinar la composición patrimonial.

Concurso preventivo Apertura Concurso ordinario Cesacion de pagos Sindicatura Verificacion de creditos Inhibicion general de bienes Audiencia informativa Medidas cautelares Engineer sa.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Engineer SA, representada por su apoderado Claudio Lionel Ricardo Caponera. Demandado: No existe demandado específico; se trata de una solicitud de apertura de concurso preventivo presentada por la propia sociedad. Objeto: Apertura del concurso preventivo (petición de formación de concurso, encuadre como “pequeño concurso” según arts. 288 y 289 Ley 24.522) por estado de cesación de pagos denunciado a partir del 14/8/2026, con remisión de documentación contable, nómina de acreedores y antecedentes procesales. Decisión: Se hizo lugar a la apertura del concurso preventivo de Engineer SA y se lo encuadró como concurso ordinario. Se constituyó domicilio procesal, se ordenó designación y actuación de la sindicatura (desinsaculación Estudio Ruiz-Rivero-Garobbio y Asociados), se fijaron plazos para la verificación de créditos (hasta 30/11/2026), informes del síndico (30/12/2026 y 12/3/2027), audiencia informativa (13/5/2027) y finalización exclusividad (18/5/2027). Se dictaron medidas cautelares: inhibición general de bienes, oficios a registros y al BCRA y prohibición de salir del país para directivos, entre otras medidas e intimaciones a la concursada para acompañar documentación.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos textualmente, 2-3 párrafos relevantes): "En tal sentido, primero cabe señalar que la concursada denuncia un activo total de $103.904.337,05 y un pasivo que asciende a $307.451.313,36, cifra que excede con creces el equivalente a 300 salarios mínimos, vitales y móviles; en segundo lugar, posee 52 trabajadores en relación de dependencia; tercero, se encuentra involucrada en procesos judiciales de entidad económica considerable, con una condena de $109.000.000 no firme y un reclamo contingente adicional; y cuarto, su patrimonio incluye bienes de uso por $57.162.703,09 y una estructura de deudas financieras, comerciales y previsionales de significativa complejidad, con al menos siete rubros de deuda diferenciados frente a organismos de la seguridad social y entidades financieras. De esta reseña se observa que una empresa de mediana envergadura cuya complejidad de intereses en juego (actividad empresarial que genera potenciales acreedores que a la fecha no se puede vislumbrar), incluyendo los de sus 52 dependientes, los organismos de la seguridad social y los acreedores financieros, excede la finalidad tuitiva y de simplificación procedimental que inspira el régimen de pequeños concursos, orientado a deudores de escasa significación económica y estructural. La reducción del número de acreedores estrictamente "quirografarios" por debajo del umbral legal se explica, en el caso, por la calificación de gran parte del pasivo como privilegiado (créditos laborales, previsionales) o como no exigible (anticipos de clientes), circunstancia que no puede ser el único parámetro determinante del encuadre cuando el resto de los indicadores objetivos de la norma -pasivo total y dotación de personal
- señalan inequívocamente en sentido contrario. Por todo lo precedentemente expuesto, RESUELVO: 1) Declarar la apertura del concurso preventivo de la firma "Engineer SA", inscripta en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas el día 23/8/2011, con folio de inscripción n° 47.050 del Registro de Sociedades Comerciales, legajo 186.387; CUIT 30-71203844-2, con domicilio social en calle 148 entre 472 y 476, Lote 50, Club de Campo Lomas de City, localidad de City Bell de la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, la que es calificada en la categoría de "concurso ordinario" (arts. 11, 13 y 14 , ley 24.522)." (Se incluyen también en la parte dispositiva numerosas medidas y diligencias procesales: constitución de domicilio procesal, sorteo y convocatoria de sindicatura, vista para auditoría de pasivo por 10 días hábiles, fijación de plazos para verificación de créditos hasta el 30/11/2026, publicación de edictos, anotación en Registro de Juicios Universales, inhibición general de bienes, oficios al BCRA y registros, entre otras).

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