RUIZ LINO ALBERTO S/INFORMACIÓN SUMARIA POR RECEPTORÍA
El actor promovió un trámite de información sumaria por receptoría. El Tribunal declaró que con lo actuado se ha agotado el objeto del trámite y tiene por concluidas las actuaciones, ordenando su registro y notificando conforme al art. 10 del Reglamento de presentaciones y notificaciones electrónicas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Quién demanda (Actor)
RUIZ LINO ALBERTO
- A quién se demanda (Demandado)
No surge identidad del demandado en el texto; no se especifica destinatario del trámite en la providencia.
- Qué se reclama (Objeto de la demanda)
Trámite de información sumaria por receptoría (solicitud de información en procedimiento sumario). El proveído no contiene detalle del petitorio sustantivo.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
El Tribunal consideró que con lo actuado en el expediente "se ha agotado el objeto del trámite iniciado por el interesado" y dispuso tener "por concluida las actuaciones" y su registro; además notificó conforme a la normativa electrónica señalada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes del fallo, lenguaje original):
"Teniendo en cuenta que con lo actuado en la presente se ha agotado el objeto del trámite iniciado por el interesado, tiénese por concluida las actuaciones. REGISTRESE.-
El presente se notifica en los términos del art. 10 del Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos, Anexo Único, del Ac. 4013/2021 de la S.C.B.A.."
Firma electrónica:
"FIRMADO DIGITALMENTE POR:
GABRIELA FERNANDA GIL
JUEZ EN LO CIVIL Y COMERCIAL"
No constan en el texto votos, fundamentos ampliados, montos, fechas procesales adicionales ni identificación de la parte demandada.
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