PALLEROS NOEMI S/INFORMACIÓN SUMARIA POR RECEPTORÍA
PALLEROS NOEMI promovió trámite de información sumaria por receptoría. El Tribunal tuvo por agotado el objeto del trámite, declaró concluidas las actuaciones y ordenó su registro y notificación conforme al art. 10 del Reglamento electrónico.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: PALLEROS NOEMI.
Demandado: No surge expresamente en el pronunciamiento; no está individualizado en el documento.
Objeto: Se solicitó trámite de información sumaria por receptoría (del encabezamiento resulta: "INFORMACIÓN SUMARIA POR RECEPTORÍA").
Decisión: El Tribunal declaró que con lo actuado se ha agotado el objeto del trámite y tuvo por concluidas las actuaciones, ordenando su registro y la notificación conforme al reglamento electrónico.
- Fundamentos principales de la decisión (textos extraídos literalmente del fallo):
"Teniendo en cuenta que con lo actuado en la presente se ha agotado el objeto del trámite iniciado por el interesado, tiénese por concluida las actuaciones. REGISTRESE."
"El presente se notifica en los términos del art. 10 del Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos, Anexo Único, del Ac. 4013/2021 de la S.C.B.A.."
(No hay votos discrepantes ni mayor motivación; el pronunciamiento es breve y meramente dispositvo.)
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