INSAURRALDE FRANCISCO ANTONIO E INSAURRALDE GUTIERREZ LUIS ALFREDO S/ SUCESION AB INTESTATO
Solicitud de declaratoria de herederos por fallecimiento de Luis Alfredo Insaurralde Gutiérrez solicitando que su madre lo suceda como única heredera. El Tribunal hace lugar y declara que, por el fallecimiento de Luis Alfredo Insaurralde Gutiérrez ocurrido el 23/08/2022, le sucede en carácter de universal heredera su madre, Martina Gutiérrez, conforme arts. 735 y 737 del CPCC y arts. 2337, 2424 y 2431 del C.C. y C.N.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MARTINA GUTIERREZ, asistida por el letrado Dr. Sebastián Marcos Yañez (presentación electrónica del 27/08/2026).
Demandado: No consta parte demandada individualizada en el expediente.
Objeto: Se solicita dictar declaratoria de herederos por fallecimiento de LUIS ALFREDO INSAURRALDE GUTIERREZ.
Decisión: Se hace lugar a la declaratoria de herederos y se declara que le sucede en carácter de universal heredera la madre, MARTINA GUTIERREZ, conforme lo peticionado y la normativa aplicable. Regístrese. Notifíquese conforme art. 10 del Reglamento para presentaciones y notificaciones electrónicas (Anexo Único Ac. 4013/2021 SCBA).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los extractos más relevantes tal como constan en el acto):
"1º) Que de acuerdo a la información brindada por el RENAPER conforme RC 420/21 y RC 975/21 de la SCBA y el certificado de defunción adjunto, se acredita el fallecimiento de LUIS ALFREDO INSAURRALDE GUTIERREZ, ocurrido el día 23/08/2022.-
2º) Que éste era de estado civil soltero y sin descendencia.-
3º) Que el causante nació el día 24/04/1989 y que el mismo era hijo de FRANCISCO ANTONIO INSAURRALDE y MARTINA GUTIERREZ.-
4°) Que el Sr. FRANCISCO ANTONIO INSAURRALDE, falleció con anterioridad a su hijo, el día 26/03/2000.-
5º) Que con los diarios y recibos obtenidos de la página web, se acredita la publicación de edictos que prevee el art. 734 inc. 2º del CPCC, y de cuyo resultado negativo informa el Sr. Secretario en este acto, según lo dispuesto por el art. 116 del CPCC. Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto por los arts. 735, 737 del CPCC, y arts. 2337, 2424, 2431 del C.C. y C.N., declárase en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de LUIS ALFREDO INSAURRALDE GUTIERREZ, le sucede en carácter de universal heredera madre MARTINA GUTIERREZ. REGISTRESE.-"
Firma digital: GABRIELA FERNANDA GIL, JUEZ EN LO CIVIL Y COMERCIAL.
(fecha de fallecimiento del causante consignada: 23/08/2022; fecha de presentación electrónica: 27/08/2026 a las 15:15:30 hs.)
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