AVENDAÑO, JUANA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió acción por reajustes varios contra ANSeS solicitando actualización de haberes y medidas conexas. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia apelada, declaró inconstitucionales varias resoluciones y decretos, revocó la aplicación del precedente Weskamp y diferió el tratamiento del artículo 1 de la ley 27.609 para la ejecución.
Actor: AVENDAÑO, JUANA BEATRIZ. Demandado: ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social). Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios de haberes previsionales, actualización de remuneraciones/PBU, impuesto a las ganancias sobre retroactivos, intereses moratorios y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario, por mayoría, declaró de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones ANSeS Nº 56/2018 y SSS Nº 1/2018; confirmó parcialmente la sentencia apelada en los términos del fallo; revocó la aplicación del precedente “Weskamp”; revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609 y diferió su tratamiento para la etapa de ejecución; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N°157/2018 e impuso las costas de esta instancia a la demandada; y reguló honorarios en esta Alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia. Fundamentos principales (transcripción literal de párrafos relevantes):
- "En consecuencia, cabe confirmar el modo dispuesto en la sentencia apelada para la actualización de las remuneraciones de la actora, y declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS Nº 56/2018 y de la Secretaría de la Seguridad Social Nº 1/2018." (voto del Dr. Aníbal Pineda)
- "En cuanto al planteo acerca de la movilidad dispuesta por la ley 27.541 y los decretos dictados por el PEN, señalaré que disiento con la solución propuesta ... En consecuencia, cabe admitir el agravio de la demandada y movilizar el haber previsional conforme las pautas allí establecidas." (voto en disidencia de la Dra. Silvina María Andalaf Casiello)
- "En cuanto al planteo referido a la ley 27.609, me remito en lo pertinente ... considero conveniente revocar la declaración de inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609 dictada por el juez a quo y diferir su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia." (votos de la Dra. Silvina María Andalaf Casiello y de la Dra. Elida Vidal)
Disidencias relevantes: Las Dras. Silvina M. Andalaf Casiello y Elida Vidal disintieron respecto del tratamiento de la movilidad dispuesta por la ley 27.541 y los decretos del PEN, proponiendo admitir el agravio de la demandada y movilizar el haber previsional; no obstante, el acuerdo mayoritario resolvió en los términos consignados en la parte resolutiva final.
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