VEGA, SERGIO HUGO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajustes por movilidad previsional solicitados por el actor contra ANSeS. La Cámara Federal de Rosario, Sala A, confirmó la sentencia de primera instancia; diferenció para ejecución la declaración de inconstitucionalidad del art. 1° de la ley 27.609, declaró de oficio inconstitucional el artículo 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
VEGA, SERGIO HUGO.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios de haberes previsionales (movilidad, liquidación de PBU, retroactivos y aspectos vinculados como retención de impuesto a las ganancias e intereses).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en los términos del fallo. Diferió para la etapa de ejecución el tratamiento de la declaración de inconstitucionalidad del artículo 1° de la ley 27.609; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018; condenó en costas a la demandada sustancialmente vencida; y reguló honorarios de Alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Sobre la movilidad y la ley 27.609: "Respecto a la queja sobre la movilidad otorgada por la ley 27.609 cabe remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad y economía procesal, a lo expuesto en mi voto en los autos FRO 13015724/2012 caratulados 'TROSARELLI, JORGE C/ ANSES S/ REAJUSTES POR MOVILIDAD' (Acuerdo de fecha 30 de diciembre de 2025)."
2) Sobre la retención del impuesto a las ganancias: "por razones de brevedad y economía procesal, cabe remitirse en lo pertinente, a los argumentos y conclusiones vertidos en el Acuerdo de esta Sala, de fecha el 25 de agosto de 2022, en los autos FRO 24589/2019 caratulados 'CALDERON, ANIBAL NORBERTO C/ ANSES S/ EJECUCIÓN PREVISIONAL'. En virtud de lo allí resuelto, entiendo que se debe confirmar la sentencia apelada." Además, otras magistradas señalan: "debería quedar exento del impuesto a las ganancias la totalidad del retroactivo reconocido en autos" y que "así debe declararse" la inaplicabilidad del impuesto conforme a la doctrina de la Corte Suprema.
3) Sobre intereses y tasa a aplicar: "corresponde remitirse al criterio establecido en los autos Nº FRO 13011342/2010... Asimismo, en lo que concierne al modo de su cálculo, deberá aplicarse los lineamientos fijados por esta Sala en los autos Nº FRO 20803/2015..."
4) Sobre declaración de inconstitucionalidad del DNU y costas: "corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida (cfr. artículos 68 del CPCCN y 36 de la ley 27.423)."
- Disidencias: No hay voto mayoritario contradicho por el dispositivo final; los votos consignados adhieren en lo sustancial y la parte dispositiva se adoptó por mayoría según el Acuerdo.
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