Logo

SOLAZZI OMAR HUMBERTO C/ I.A.S.A SRL S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA

El actor promovió demanda de prescripción adquisitiva veinteañal respecto del inmueble ubicado en calle 140 N° 1035, La Plata. El Tribunal rechazó la demanda por no haberse acreditado con prueba compuesta e indubitable el animus domini y la posesión pública, pacífica e ininterrumpida durante veinte años, imponiendo costas al actor.

Prescripcion adquisitiva Usucapion veinteanal Animus domini Posesion publica Pacifica y continua Prueba compuesta Plano de mensura 26/05/2017 Edelap / absa (titularidad servicios) Rebeldia de demandada Rechazo de demanda Costas al actor observaciones procesales relevantes: demanda iniciada 23/09/2024 Anotacion de litis y rebeldia decretada 29/11/2024 Produccion de prueba hasta apertura a sentencia y fallo por jueza silvina cairo.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Omar Humberto Solazzi. Demandado: I.A.S.A. S.R.L. Objeto: Prescripción adquisitiva larga (usucapión veinteañal) sobre inmuble en calle 140 N° 1035, La Plata (Circ. II; Secc. O; Chacra-Quinta 252; Manzana 252c; Parc. 1b; Matr. N° 196.314). Decisión: Se rechazó la demanda por no acreditar la posesión a título de dueño, pública, pacífica, continua e ininterrumpida durante el plazo legal; se imponen las costas al actor y se difiere la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
- "Al haber sido consentido el llamamiento de 'autos para sentencia', quedó convalidada cualquier posible deficiencia procesal anterior a dicha etapa y, por ende, cerrado el debate para los litigantes."
- Sobre requisitos legales: "la posesión necesaria para la prescripción adquisitiva debe revestir los siguientes caracteres: 1) a título de dueño; 2) continua y no interrumpida y 3) pública y pacífica."
- Exigencia probatoria: "por expresa disposición del art. 679 inc. 1 del CPCC, la prueba compuesta respecto de los diversos elementos a acreditar... debe ser cabal e indubitable, estricta y plena y poseer características de exactitud, claridad y precisión en lo que respecta a la individualización del bien, sus dimensiones y linderos; llegando el órgano jurisdiccional a la íntima convicción de que en el caso concreto se configuró la usucapión."
- Sobre la prueba obrante: el plano de mensura (55-9106-2017, expedido 26/05/2017) "puede considerarse un acto posesorio desde su fecha (2017), en la medida de que existan otras pruebas complementarias..." y las constancias de servicios mostraron inconsistencias temporales (EDELAP: titular desde febrero de 1997 según informe de 10/04/2025; ABSA: facturación desde marzo de 2002).
- Observación crítica sobre la demanda: "el actor no ha indicado ni especificado con claridad, conforme lo determina el art. 330 del CPCC, los hechos fundantes de la alegada posesión animus domini. No ha mencionado cómo se encontraba el lugar ni qué mejoras supuestamente hizo en el mismo."
- Testimonial relevante y consecuencia: declaración de René Horacio Palermo: "en aquél entonces IASA era de Omar Solazzi y creo seguramente también de Eduardo Agûero... me ha contado que la ha vendido...", cuyos dichos no fueron refutados; por ello "ninguno de los elementos aportados permiten acreditar que el Sr. Solazzi ha intervertido el título, ... convirtiéndose en poseedor 'animus domini' en forma personal."
- Conclusión dispositiva: "Rechazando la demanda por prescripción adquisitiva de dominio interpuesta por Omar Humberto Solazzi contra I.A.S.A SRL respecto del inmueble ... Imponiendo las costas al actor. Difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar