PELAEZ MARTA CLAUDIA Y OTROSC/ PANTALEON PELAEZ S.A. S/NULIDAD ACTO JURIDICO
Acción de impugnación y nulidad de estados contables y reclamo de reembolso del derecho de receso contra Pantaleón Peláez S.A. y socios por valorización de acciones. El Tribunal hizo lugar a la impugnación del balance y condenó solidaria e ilimitadamente a la sociedad y a los socios demandados al pago de U$S 3.764.124,14, con costas a los vencidos, por considerar que el balance no reflejaba la realidad económica y que la oferta societaria era irrazonable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Marta Angélica Rodríguez (en su carácter de administradora de la sucesión de Héctor Peláez en la etapa procesal), Marta Claudia Peláez y María Verónica Peláez.
Demandado: Pantaleón Peláez S.A. y, en extensión de la acción, los socios Andrea Silvina Peláez; Adrián Benjamín Tenorio; Gonzalo Hernán Peláez; Virginia Varela; Héctor Alejandro Peláez (hoy su sucesión); Adriana Napoletano; Néstor Pantaleón Peláez (hoy su sucesión).
Objeto: (i) Impugnación y nulidad de los estados contables del ejercicio 52 cerrado al 30/06/2008; (ii) determinación del valor de reembolso por derecho de receso y pago de ese monto (en dólares) más intereses; (iii) en la ampliación, condena solidaria e ilimitada de los socios por inoponibilidad de la persona jurídica; (iv) pretensión accesoria de indemnización por frutos/rentas (rechazada).
Decisión: Se hizo lugar a la demanda de nulidad/impugnación del balance (Exp. 30837/2011). Se hizo lugar a la demanda principal por determinación del valor de reembolso (Exp. 30324/2010) y se condenó a Pantaleón Peláez S.A. y solidariamente a los socios señalados al pago de U$S 3.764.124,14, con costas a los demandados. Se diferirá la regulación de honorarios. Se rechazó la pretensión indemnizatoria por frutos/rentas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Bloque dispositivo final (transcripción textual del final de la sentencia, que es la decisión mayoritaria y prevalece):
"RESUELVO:
1. Hacer lugar la demanda promovida por Marta Angélica Rodríguez, Marta Claudia Pelaez y María Verónica Pelaez en el marco del Exp. N° 30837/2011 por impugnación y nulidad de estados contables contra la firma Pantaleon Pelaez SA; con costas a la demandada en su carácter de vencida.
2. Hacer lugar a la demanda promovida por Marta Angélica Rodríguez, Marta Claudia Pelaez y María Verónica Pelaez en el marco del Exp. N° 30324/2010, condenando a la sociedad demandada Pantaleon Pelaez S.A. y de manera solidaria con ésta, a los socios Andrea Silvina Pelaez, Adrian Benjamin Tenorio, Gonzalo Hernan Pelaez, Virginia Varela, Hector Alejandro Pelaez -hoy su sucesión-, Adriana Napoletano y Nestor Pantaleon Pelaez -hoy su sucesión
- a pagar a las actoras la suma de U$S 3.764.124,14 (dólares estadounidenses TRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTICUATRO CON 14/100) en la proporción, forma y con mas los intereses determinados en el apartado IV ("Cuantificación del crédito en moneda extranjera. Mora e intereses"); con costas a los demandados en su condicion de vencidos.
3. Diferir la regulación de honorarios para la oportunidad pertinente (art. 51 Ley 14967).
Regístrese. Notifíquese de manera automática a los domicilios electrónicos constituidos por las partes."
2) Fundamento sobre la inoponibilidad y responsabilidad solidaria de los socios (fragmento relevante):
"En consecuencia, corresponde hacer extensiva la condena de pago determinada en los presentes contra la sociedad, a los Sres. Andrea Silvina Pelaez, Adrian Benjamin Tenorio, Gonzalo Hernan Pelaez, Virginia Varela, Hector Alejandro Pelaez -hoy su sucesión-, Adriana Napoletano y Nestor Pantaleon Pelaez -hoy su sucesión
- quienes deberán responder de manera solidaria e ilimitada (art. 54 LSC)."
3) Fundamento sobre la cuantificación en moneda extranjera y tasa de interés (fragmento relevante):
"Entiendo que el caso amerita tratar la cuestión como una deuda de valor que debe ser expresada en moneda extranjera en tanto su origen se encuentra atado al valor de los inmuebles... En consecuencia, tomando nuevamente el valor de la cotización del dólar a la fecha de receso ($ 3,02) deberá tenerse como monto definitivo del crédito de las actoras el siguiente... Los importes aquí determinados deberán ser abonados con más los intereses moratorios correspondientes... estimo por lo tanto procedente fijar la tasa de interés en el caso en el importe del 3% anual desde el 14/12/2008 y hasta la fecha de liquidación definitiva..."
4) Fundamento sobre rechazo del rubro frutos/rentas:
"En virtud de ello, lo pretendido implicaría, en los hechos, reestablecerlas en su condición de socias y por ende, hacer cesar los efectos del receso... En virtud de ello, corresponde desestimar el pretendido rubro indemnizatorio a título de 'rentas o frutos' no percibidos."
(Se respetó la regla de mayoría: el bloque dispositivo final, y en los párrafos citados se consignan los fundamentos centrales aplicados por el Tribunal para imponer la condena, declarar la inoponibilidad frente a los socios y fijar moneda y tasa de interés).
- Votos en disidencia: no consta voto en disidencia en el bloque dispositivo final; la resolución del Tribunal es la consignada arriba.
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