Logo

ARAOZ, VICTOR HUGO c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PENSIONES

El actor promovió acción autónoma de nulidad por cosa juzgada írrita contra el Ministerio de Defensa para que se reconozca su condición vinculada al conflicto de Malvinas y se le reconozcan prestaciones previsionales. El Juzgado Federal de Salta declaró su incompetencia territorial y ordenó remitir el expediente al Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche por ser el domicilio real del actor.

Araoz Ministerio de defensa Pensiones Malvinas Incompetencia territorial Remision de expediente Domicilio del actor Forum shopping Art. 354 cpcc Juzgado federal bariloche


¿Quién es el actor?

Víctor Hugo Araoz.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Defensa.
- Objeto de la demanda: Acción autónoma de nulidad por cosa juzgada írrita dirigida a obtener un nuevo pronunciamiento que reconozca directamente la condición del actor vinculada al conflicto bélico de Malvinas y Atlántico Sur, con los derechos y beneficios correspondientes y costas.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la incompetencia territorial del Juzgado Federal de Salta para entender en estas actuaciones y se ordenó la remisión del expediente al Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En virtud de tales consideraciones, y teniendo en cuenta que el actor denuncia como su domicilio real el de calle Almirante Brown N° 2448 B° Terminal, El Bolsón, Bariloche, Provincia de Río Negro, la justicia federal de Salta resulta incompetente en razón del territorio." "En consecuencia, de conformidad a lo dispuesto por el art. 354 inc. 1° del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación corresponde remitir el expediente al tribunal competente." "En efecto, el solo hecho de que en un caso análogo, vinculado al precedente 'Gutierrez', haya declarado un testigo que reside en esta Ciudad de Salta, no puede resultar un argumento válido para prorrogar la competencia del Tribunal que debe intervenir en razón del domicilio del actor."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la decisión fue dictada y firmada por el Juez Federal Julio Leonardo Bavio.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar