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GARDON, RAUL ALBERTO c/ ANSES s/PENSIONES

Aclaratoria solicitada por la parte actora sobre la decisión del 24/08/2026 respecto de las costas de Alzada. La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata hizo lugar a la aclaratoria y aclaró que las costas de Alzada quedan a cargo de la ANSeS, por haberse verificado la contestación de agravios por parte de la actora (art. 34, 36 y 68 del CPCC).

Aclaratoria Costas de alzada Anses Contestacion de agravios Cpcc arts. 34 36 68 Camara federal de la plata Seguridad social Notificacion Registro.


¿Quién es el actor?

la parte actora (no individualizada en el pronunciamiento).

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: aclaratoria interpuesta por la actora respecto de la decisión del 24/08/2026, en particular para precisar a quién se imputan las costas de la alzada.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la aclaratoria y se aclaró que las costas de Alzada son a cargo de la ANSeS, atento la contestación de agravios oportunamente efectuada por la actora (art. 34, 36 y 68 del CPCC). Regístrese. Notifíquese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos relevantes): "Asistiendo razón a dicha parte, y habida cuenta el resultado obtenido en la decisión del 24/08/2026, aclárese dicho pronunciamiento en el sentido de que las costas de Alzada son a cargo de la ANSeS, atento la contestación de agravios oportunamente efectuada por la actora (art. 34, 36 y 68 del CPCC), lo que así SE RESUELVE."
- No consta voto en disidencia en el pronunciamiento; la aclaratoria fue aceptada por la Sala.

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