GARDON, RAUL ALBERTO c/ ANSES s/PENSIONES
Aclaratoria solicitada por la parte actora sobre la decisión del 24/08/2026 respecto de las costas de Alzada. La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata hizo lugar a la aclaratoria y aclaró que las costas de Alzada quedan a cargo de la ANSeS, por haberse verificado la contestación de agravios por parte de la actora (art. 34, 36 y 68 del CPCC).
¿Quién es el actor?
la parte actora (no individualizada en el pronunciamiento).
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: aclaratoria interpuesta por la actora respecto de la decisión del 24/08/2026, en particular para precisar a quién se imputan las costas de la alzada.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la aclaratoria y se aclaró que las costas de Alzada son a cargo de la ANSeS, atento la contestación de agravios oportunamente efectuada por la actora (art. 34, 36 y 68 del CPCC). Regístrese. Notifíquese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos relevantes):
"Asistiendo razón a dicha parte, y habida cuenta el resultado obtenido en la decisión del 24/08/2026, aclárese dicho pronunciamiento en el sentido de que las costas de Alzada son a cargo de la ANSeS, atento la contestación de agravios oportunamente efectuada por la actora (art. 34, 36 y 68 del CPCC), lo que así SE RESUELVE."
- No consta voto en disidencia en el pronunciamiento; la aclaratoria fue aceptada por la Sala.
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