PARICAL S.R.L. C/ AGUAS Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. S/ ACCION DECLARATIVA(SUMARIO)
El actor (PARICAL S.R.L.) promovió acción declarativa contra Aguas y Saneamientos Argentinos S.A.; el desistimiento formulado por la parte actora fue tenido presente. El Tribunal declaró extinguido el procedimiento por desistimiento y condenó en costas a las partes por su orden, regulando honorarios en 7 JUS para cada letrado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: PARICAL S.R.L.
Demandado: Aguas y Saneamientos Argentinos S.A.
Objeto: Acción declarativa (sumario). El detalle del objeto material no se especifica en la parte aportada.
Decisión: Se declaró extinguido el procedimiento por haberse tenido presente el desistimiento formulado el 6/7/2026. Se impusieron costas por su orden y se regularon honorarios en 7 JUS para el letrado patrocinante de la parte actora y 7 JUS para el letrado apoderado de la parte demandada, con sus respectivos aportes de ley.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, en lenguaje original del tribunal):
"Téngase presente el desistimiento formulado con fecha 6/7/2026 y de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts. 304 del C.P.C.C.:
RESUELVO:
a) Declarar extinguido el procedimiento;
b) Con costas por su orden, a cuyo fin se regulan los honorarios del Dr. Santiago Martin Peralta, (Tº IV Fº 98, C.A.M.G.R. Responsable Monotributo, CUIT Nº 20-33531760-3), letrado patrocinante de la parte actora, en la suma de 7 JUS y los del Dr. Andres Germán Albarello, (T° 37, F° 451 del C.P.A.C.F), letrado apoderado de la parte demandada, en la suma de 7 JUS (arts. 16, 28 inc. "c", 35 y 54 de la Ley 14.967 y art. 730 del Código Civil y Comercial), debiéndose abonar los respectivos aportes de ley. REGISTRESE. NOTIFIQUESE.-"
(La parte resolutiva final reproducida textualmente coincide con lo anterior y prevalece.)
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