SEQUEIRA RICARDO FRANCISCO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Sequeira reclamó la actualización del haber previsional y la declaración de inconstitucionalidad de normas y actos administrativos por la falta de movilidad de su PBU y complementos. El juzgado hizo lugar parcialmente, declaró inconstitucional la Resolución SSS 06/09 (art.14.2) y ordenó recalcular el haber y abonar retroactivos íntegros dentro de 120 días, con costas a ANSeS.
¿Quién es el actor?
SEQUEIRA Ricardo Francisco.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste/actualización del haber previsional (PBU, Prestación Compensatoria
- PC y Prestación Adicional por Permanencia
- PAP), impugnación/inconstitucionalidad de diversas normas (leyes 24.241, 24.463, 26.417, 27.426, 27.541, 27.609 y la Resolución SSS 06/09 art.14.2) y request de daño moral; se pidió también aplicación de doctrina jurisprudencial para redeterminación del haber y actualización según precedentes.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se hizo lugar a la defensa de prescripción (art. 82 ley 18.037) en los términos explicados en los considerandos, pero se ordenó a ANSeS recalcular el haber y abonar las diferencias retroactivas conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días; se declaró inconstitucional el art. 14.2 de la Resolución SSS 06/09; se difirió para ejecución el examen del art. 9 de la ley 24.463; se dispuso que las sumas se abonen íntegramente sin quita y se impusieron costas a la demandada.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del decisorio):
1) Sobre la inconstitucionalidad de la Resolución SSS 06/09 (art.14.2): "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto." (considerando sobre la Resolución SSS 06/09).
2) Sobre el rechazo del daño moral: "la incorrecta liquidación del haber jubilatorio por parte de la A.N.Se.S no configura un 'acto ilícito' en los términos del art. 1078 del Código Civil, por lo que corresponde desestimar la procedencia del daño moral... El ejercicio regular de un derecho propio o el cumplimiento de una obligación legal no puede constituir como ilícito ningún acto..." (considerando sobre daño moral y jurisprudencia del fuero).
3) Sobre la carga probatoria y el carácter genérico del pedido de inconstitucionalidad: "El interesado en la declaración de inconstitucionalidad de una norma debe demostrar claramente de qué manera ésta contraría la Constitución Nacional, causándole de ese modo un gravamen, y para ello es menester que precise y acredite fehacientemente en el expediente el perjuicio que le origina la aplicación de la disposición, resultando insuficiente la invocación de agravios meramente conjeturales" (cita a in re 'Moño Azul S.A. s/ ley 11.683').
4) Dispositivo principal (extracto): "FALLO: 1) Hacer lugar a la defensa de prescripción... y parcialmente a la demanda interpuesta... 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo... dentro del plazo de 120 días... 4) El haber resultante y las sumas que resulten a favor de la parte actora deberán ser abonadas íntegramente, sin quita alguna... 5) Imponer las costas a la parte demandada..."
- Votos en disidencia: no consta sentencia colegiada ni disidencia; el fallo es de un/a juez/a de primera instancia.
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