BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GUZMAN HUGO ADRIAN S/ COBRO EJECUTIVO
El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió cobro ejecutivo por saldo de préstamo. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, declaró perdido el derecho de oponer excepciones al ejecutado y ordenó continuar la ejecución por $125.615,75 más intereses desde la mora (30/4/2021), con tope de 1,5 veces la tasa de descuento del Banco Provincia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, por su apoderado Dr. Mariano García.
Demandado: HUGO ADRIAN GUZMAN.
Objeto: Cobro ejecutivo por saldo impago derivado de Contrato de Préstamo del 7/5/2019; suma reclamada PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS QUINCE CON 75/100 ($125.615,75) más intereses desde la mora y costas.
Decisión: Se admitió la ejecución y se mandó llevar adelante hasta el pago íntegro del capital reclamado y de los intereses compensatorios y punitorios pactados, con el límite de una vez y media la tasa de interés que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento; se declaró perdido el derecho del ejecutado a oponer excepciones; costas a cargo del ejecutado; domicilio constituido en los estrados del juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales):
I.
- "Que en fecha 30/3/2026 se presenta el DR. MARIANO GARCIA
- apoderado del BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES -, promoviendo demanda de cobro ejecutivo contra HUGO ADRIAN GUZMAN, por la suma de PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS QUINCE CON 75/100 ($125.615,75), con más intereses a devengarse desde la fecha de mora y hasta el efectivo pago de la deuda. Que la pretensión se sustenta en saldo impago derivado del Contrato de Préstamo, suscripto el 7/5/2019 por la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS ($133.700,00) , conforme al cual el demandado se obligó a restituir el capital en CUARENTA Y OCHO (48) cuotas mensuales con un interés fijo pactado, habiendo realizado pagos parciales. De la prueba documental adjunta a la demanda surge el incumplimiento de las obligaciones asumidas por la demandada, quien se encuentra en mora automática según lo pactado y la normativa aplicable (arts. 520, 523 y cctes. del CPCC; arts. 1525 y cctes del ccycom). En consecuencia, se hallan reunidos los presupuestos legales de la vía ejecutiva, correspondiendo admitir el reclamo por la suma total de PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS QUINCE CON 75/100 ($125.615,75)."
II.
- "Que, cumplida en forma la intimación de pago y citación a oponer excepciones, conforme surge de la diligencia acompañada en PDF en fecha 11/8/2026 la parte ejecutada no ha opuesto excepciones dentro del plazo legal, el cual se encuentra vencido según informe verbal de la Actuario/a en este acto (art. 116 CPC). En consecuencia, corresponde tenerla por decaída en el derecho que omitió ejercer en tiempo oportuno."
IV.
- "En cuanto a los intereses estipulados por las partes en el instrumento base de la acción, cabe tener presente que conforme criterio sustentado por nuestro Superior Departamental, debe aplicarse el límite que entre intereses compensatorios y punitorios no superen el equivalente a una vez y media la tasa de interés que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento (Conf. autos: Banco Industrial S.A. C/ Yarati Paredes Hilaria Ramona S/ Cobro Ejecutivo, Expte. n°: JU-11327-2018 N° Orden: 140, LS nº: 61, del 04/08/2020). De manera que la aplicación de los intereses convenidos queda supeditada al mentado límite, no pudiendo exceder de ese tope que serán computados desde la mora, ocurrida el 30/4/2021 y hasta su efectivo pago (arts. 768, 769, 770, 886 y ccdts. del CCyC)."
FALLO (extracto del dispositivo):
"1.
- Dando a la parte ejecutada por perdido el derecho a oponer excepciones.
2.
- Mandando llevar adelante la presente ejecución hasta tanto la parte ejecutada, HUGO ADRIAN GUZMAN, haga a BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital nominal reclamado de PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS QUINCE CON 75/100 ($125.615,75) más los intereses compensatorios y punitorios pactados, siempre que no superen el límite de una vez y media la tasa de interés que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento ... que serán computados desde la mora, ocurrida el (30/4/2021), hasta el momento del efectivo pago ... 3.
- Costas a la parte ejecutada ... 5.
- Teniendo por constituido en los estrados del juzgado el domicilio de la parte demandada ..."
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