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MARTINEZ LOPEZ JUSTINO Y OTRO/A C/ BELFORTTI HUGO OSMAR Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO) MP

Los progenitores reclamaron indemnización por muerte por accidente de tránsito contra el conductor y titular de una Toyota Hilux. El Tribunal hizo lugar a la demanda y declaró la responsabilidad civil del conductor y de la aseguradora, condenando a pagar $165.413.868 más intereses y costas, con extensión de la condena a Provincia Seguros S.A. según póliza.

Accidente de transito Muerte (fallecimiento) ? dano por muerte Responsabilidad objetiva (cosa riesgosa) Prioridad de paso (art. 41 ley 24.449) Valor vida / perdida de chance Dano moral Dano psicologico / tratamiento Aseguradora / provincia seguros s.a. (poliza n? 10.071.698) Intereses / tim (tasa de interes moratoria) Gastos de defensa y ley de seguros (arts. 109/110/111 ley 17.418) observaciones procesales relevantes: la sentencia se apoya en pericia mecanica y accidentologica concordantes y en pericia psicologica Rechaza la alegacion de culpa exclusiva del actor por insuficiencia probatoria Extiende condena a la aseguradora dentro del limite de cobertura actualizado y ordena que la aseguradora abone los honorarios del letrado particular del asegurado por haber declinado la defensa sin efectuar deposito liberatorio.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Justino Martínez López y Úrsula Lama Prieto, progenitores y herederos universales de Jonathan Emanuel Martínez Lama. Demandado: Hugo Osmar Belfortti, en su carácter de conductor y titular registral del vehículo Toyota Hilux dominio LIM860; y citación en garantía a Provincia Seguros S.A. Objeto: Daños y perjuicios por el fallecimiento del hijo de los actores en accidente de tránsito del 09/02/2023; rubros reclamados: daño material (motocicleta), daño moral, pérdida de chance de ayuda económica (valor vida), daño psicológico y gastos de tratamiento. Decisión: Se hizo lugar a la demanda contra Hugo Osmar Belfortti y se extendió la condena a Provincia Seguros S.A. en los términos de la póliza. Se condenó al demandado a abonar la suma total de $165.413.868 (discriminada por rubros), más intereses y costas; se dispuso que los honorarios del letrado particular del asegurado sean soportados por la aseguradora dentro del límite de cobertura determinado; costas a la demandada y a la citada en garantía.
- Fundamentos principales de la decisión (trascripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) Sobre la mecanica y rol de los vehículos (pericias concordantes): "Conforme surge de ambas pericias, ... la camioneta Toyota Hilux revistió el rol de vehículo embistente, en tanto que la motocicleta resultó embestida ... tras el contacto inicial, la motocicleta perdió el dominio y quedó incrustada debajo del paragolpes delantero de la pick-up, siendo arrastrada una distancia de unos 38 metros ... el cuerpo del motociclista fue proyectado unos 16 metros desde el lugar del impacto." (considerando V.2.) 2) Sobre la prioridad y la atribución de la causalidad: "Quedó acreditado que la motocicleta conducida por la víctima circulaba por Av. Perón ... y llegó a la intersección desde la derecha respecto de la camioneta conducida por el demandado ... dichas circunstancias ... imponían al demandado un deber de precaución reforzado ... la conducta del demandado, al ingresar a una avenida de mayor jerarquía sin respetar la prioridad de paso ... constituye la causa adecuada del accidente, sin que se haya acreditado una conducta de la víctima con entidad suficiente para interrumpir o disminuir el nexo causal." (considerando VI.) 3) Sobre la responsabilidad objetiva y extensión a la aseguradora: "En consecuencia, la acción promovida ... debe prosperar contra Hugo Osmar Belfortti, ... a quien corresponde atribuir la responsabilidad civil ... La condena se hará extensiva a la citada en garantía, Provincia Seguros S.A, en su carácter de aseguradora del vehículo ... en los términos y condiciones establecidos en la póliza respectiva (Nº 10.071.698)..." (considerando VII.) 4) Sobre cuantificación de rubros (ejemplos de montos fijados): "estimo prudente admitir el presente rubro por la suma de $37.529.407 para la Sra. Ursula Lamas Prieto, y por la suma de $40.531.759 para el Sr. Justino Martinez Lopez" (valor vida); "estimo prudente fijar el presente rubro [daño moral] en la suma total de pesos treinta y dos millones ($32.000.000), correspondiendo dieciseis millones ($16.000.000) para cada uno de los progenitores" (daño moral); "corresponde admitir el presente rubro por la suma de $2.270.000 ... en concepto de daño material" (daños materiales). (considerando VIII y subapartados) 5) Sobre intereses y actualización: "La utilización de la TIM constituye una respuesta adecuada ... En consecuencia ... al importe resarcitorio fijado corresponde: 1
- aplicarle la tasa de interés moratorio del 6% anual desde la fecha del hecho -09/02/2023-, hasta a la fecha de la presente ... 2
- a partir de aquí y hasta el efectivo pago la Tasa de Interés Moratoria (TIM) publicada por el BCRA ..." (considerando IX.) 6) Bloque dispositivo (resumen del fallo): "1.
- Hacer lugar a la demanda ... condenar ... la suma total de pesos ciento sesenta y cinco millones cuatrocientos trece mil ochocientos sesenta y ocho ($165.413.868), con más los intereses establecidos ... 2.
- Hacer extensiva la condena a Provincia Seguros S.A. ... 4.
- Hacer lugar al planteo ... respecto de los gastos y honorarios derivados de la defensa particular ... disponiendo que ... sean soportados por Provincia Seguros S.A. ... 5.
- Imponer las costas ... a la parte demandada y a la citada en garantía..." (FALLO.)

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