SUEDAN WALTER ANUAR C/ BERMUDEZ SUSANA KARINA S/ COBRO EJECUTIVO
El actor promovió cobro ejecutivo sobre un pagaré por $3.000.000 y la demandada opuso falta de legitimación activa e inhabilidad de título. El Tribunal admitió la legitimación del actor por subsanación del defecto formal, pero readecuó la ejecución al capital original de $2.450.000 y limitó los intereses a una vez y media la tasa del Banco Provincia desde la mora hasta el pago.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Suedan Walter Anuar, quien actúa en autos como presentante del crédito.
Demandado: Susana Karina Bermudez.
Objeto: Cobro ejecutivo fundado en un pagaré por la suma de $3.000.000 (se alega que incluye cargos financieros al capital).
Decisión: Se admitió la legitimación activa del actor (subsanación del defecto formal), se declaró válido el título ejecutivo en tanto relación de consumo, pero se readecuó el monto a ejecutar al capital original de $2.450.000 y se limitó la tasa de interés a, como máximo, una vez y media la tasa de descuento del Banco de la Provincia de Buenos Aires desde la fecha de mora (10/2/2026) hasta el efectivo pago. Se ordena continuar la ejecución hasta el pago íntegro del capital readecuado y de los intereses bajo el tope fijado; costas de la ejecución a cargo de la ejecutada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
- Sobre legitimación activa y subsanación del defecto formal:
"la actora ha señalado en su defensa que el extremo ha obedecido a un error subsanable en tanto con la documentación adjunta acredita el carácter de socio gerente y socio mayoritario de Anuar Suedan SRL que detenta. Así pues, en tren de abordaje, es preciso señalar que 'la legitimación para obrar hace a la titularidad del interés materia del litigio, pudiendo ser examinada incluso de oficio; examen que, en modo alguno, vulnera el principio de congruencia, puesto que la titularidad del interés en juego constituye una cuestión de derecho y, a la par, un requisito intrínseco de admisibilidad de la acción'... De la prueba aportada se vislumbra que el boleto de compra venta en cuestión -que no se encuentra disputado en sí mismo
- fue suscripto en fecha 7/11/2025 a favor de Anuar Suedan SRL y que el Sr. Aunar Suedan es socio gerente, por lo cual, amén del defecto al iniciar la demanda incurrido; el mismo ha sido debidamente subsanado por lo cual la legitimación yace plenamente acreditada LO QUE ASÍ SE RESUELVE."
- Sobre inhabilidad de título y tutela del consumidor con readecuación:
"no se advierte incumplidos o ausentes los requisitos que dicha norma (el art. 36 LDC) dispone tornando, por ende, al título, plenamente válido en términos ejecutivos (art. 518 y ccds. CPCC). Sin embargo, considerando el monto del contrato que dio origen al pagaré en ejecución y el surgente de éste, considero adecuado compatibilizar la subsistencia del proceso ejecutivo en el pagaré de consumo, con la debida tutela de los derechos que asiste al consumidor, correspondiendo, por tanto, readecuar el monto por el cual ha de prosperar la presente demanda en la suma de $2.450.000 (monto del capital original) y los intereses a aplicarse los que, en su conjunto, no podrán superan el equivalente a una vez y media la tasa de interés que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento..."
- Bloque dispositivo (FALLO):
"F A L L O: Mandando llevar adelante la ejecución, hasta tanto el ejecutado SUSANA KARINA BERMUDEZ, haga al actor WALTER ANUAR SUEDAN, íntegro pago del capital reclamado de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($2.450.000) con más los intereses pactados siempre que no superen en su conjunto el equivalente a una vez y media la tasa de interés que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento ... desde la fecha de la mora (10/2/2026) y hasta el efectivo pago. Costos y costas de la ejecución.
- (arts. 68 y 556 C.P.C., y 54 de la ley 14.967.)"
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el expediente.
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