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CASTAÑO CARLOS ALBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se tramita declaratoria de herederos por fallecimiento de CARLOS ALBERTO CASTAÑO. El Tribunal declara heredero universal a la cónyuge y a los tres hijos, con expresa mención respecto de los bienes propios y gananciales.

Declaratoria de herederos Sucesion ab-intestato Certificado de defuncion (06/05/2015) Conyuge superstite Hijos Edictos (art. 734 cpcc) Bienes propios y gananciales Codigo civil y comercial (arts. 2337 2424 2426 2433) Registro Actas de matrimonio y nacimiento nota: no consta en el texto el nombre del juez que dicto la resolucion ni la identidad expresa del actor distinto de los herederos declarados La fecha de publicacion de edictos consignada es 19/08/2026.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Los interesados en la sucesión identificados en el expediente: CARINA ALEJANDRA CASTAÑO; CRISTIAN ALBERTO CASTAÑO; VIVIANA SANDRA CASTAÑO; y AGUSTINA ELIDA LAFUENTE (se infiere por el resultado). Demandado: Sucesión de CARLOS ALBERTO CASTAÑO (fallecido). Objeto: Declaratoria de herederos ab-intestato por el fallecimiento de CARLOS ALBERTO CASTAÑO. Decisión: Se declaró que por el fallecimiento de CARLOS ALBERTO CASTAÑO le suceden en carácter de herederos universales sus hijos CARINA ALEJANDRA CASTAÑO, CRISTIAN ALBERTO CASTAÑO y VIVIANA SANDRA CASTAÑO, y su cónyuge AGUSTINA ELIDA LAFUENTE, en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto de los gananciales.
- Fundamentos principales de la decisión (textos extraídos del fallo): "Que con el certificado de defunción adjunto en pdf al escrito de inicio , se acredita el fallecimiento de CARLOS ALBERTO CASTAÑO ocurrido el día 06 DE MAYO DE 2015." "Que éste era de estado civil casado con AGUSTINA ELIDA LAFUENTE con quien contrajo matrimonio con fecha 29 de agosto de 1977 (Cfme acta de matrimonio acompañada en PDF conjuntamente con el escrito liminar)." "Que de dicha unión nacieron CARINA ALEJANDRA CASTAÑO, CRISTIAN ALBERTO CASTAÑO y VIVIANA SANDRA CASTAÑO. (Cfme acta de nacimiento acompañada en PDF conjuntamente con el escrito liminar)." "Que con los edictos agregados mediante constancia electrónica de fecha 19/08/2026, consta el haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. lºdel Código Procesal y sobre cuyo resultado negativo informa el Sr. Secretario en este acto." "De conformidad con lo pedido, y lo dispuesto por los arts. 2337, 2424, 2426, 2433 y cctes. del Código Civil y Comercial , 735 y 737 del C.P.C.C. se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de CARLOS ALBERTO CASTAÑO, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos CARINA ALEJANDRA CASTAÑO, CRISTIAN ALBERTO CASTAÑO y VIVIANA SANDRA CASTAÑO y su cónyuge AGUSTINA ELIDA LAFUENTE a quién también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto de los gananciales.-REGISTRESE.-"

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