ZIPARO FERNANDO ANTONIO Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se promovió solicitud de cumplimentación y aprobación de convenio de partición en trámite sucesorio. El Tribunal aprobó el convenio de partición acompañado el 22/12/2025 y ordenó su anotación junto con la orden de inscripción de la declaratoria de herederos del 04/02/2026, por hallarse vencido el plazo del art. 766 del CPCC.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: DESCONOCIDO (la presentación se titula "CUMPLIMENTA-SOLICITA", sin individualizar actores en el texto aportado).
Demandado: DESCONOCIDO.
Objeto: Aprobación judicial de convenio de partición y orden de anotación/inscripción relacionada con la declaratoria de herederos.
Decisión: El Tribunal aprobó el convenio de partición acompañado el 22/12/2025 y dispuso su anotación junto con la orden de inscripción de la declaratoria de herederos de fecha 04/02/2026; además, ordenó expedir las piezas pertinentes y registró lo actuado en relación al RS Nº 13.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual):
"AUTOS Y VISTOS: De conformidad con lo solicitado, el estado de las presentes actuaciones y encontrándose vencido el plazo previsto por el art. 766 del CPCC, apruébase el convenio de partición acompañado en fecha 22/12/2025 (arts. 2364, 2369 CCCN y arts. 761 y ccdtes. del CPCC)."
"Procédase a su anotación juntamente con la órden de inscripción de la declaratoria de herederos dictada con fecha 04/02/2026. A tal fin, expídanse las piezas pertinentes."
"REGISTRESE en relación al RS Nº 13."
- También consta la diligencia administrativa previa: "A la presentación electrónica titulada CUMPLIMENTA-SOLICITA: Con la documentación acompañada dese por cumplido con lo requerido en fecha 04/02/2026."
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