CORREA FLORENTIN Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
Solicitud de rectificación de un auto de inscripción por error material respecto de la fecha y la mención del profesional interviniente. El Tribunal hizo lugar a la rectificación: corrigió la fecha de acompañamiento de la escritura a 29/05/2025 y ordenó la lectura de letrado en lugar de letrada, tomando facultades del art. 36 inc. 3) y 166 inc. 2) del CPCC.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: DESCONOCIDO (solicitante por presentación electrónica).
Demandado: DESCONOCIDO.
Objeto: Se solicita la rectificación de un auto de inscripción por error material, corrigiendo la fecha consignada respecto del acompañamiento de la escritura de Cesión de Derechos y Acciones Hereditarias N° 518 y la mención del profesional interviniente.
Decisión: Se hizo lugar a la solicitud de rectificación; la fecha correcta del aporte de la escritura N° 518 se fija en 29/05/2025 (en lugar de la consignada en la orden de inscripción del 05/09/2025) y debe entenderse “letrado” en lugar de “letrada”. Además, respecto de la omisión del auto de identidad de fecha 26/03/2025, se dispone que la resolución deberá transcribirse al confeccionar los instrumentos para la inscripción.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes):
"Atento lo solicitado y, en uso de la facultad prevista en los arts. 36 inc. 3) y 166 inc. 2) del CPCC; habiéndose consignado erróneamente la fecha en la cual se ha acompañado en autos la escritura de Cesión de Derechos y Acciones Hereditarias N° 518, en la orden de inscripción de fecha 05/09/2025, déjese establecido que la fecha correcta es 29/05/2025, asimismo déjese establecido que donde dice \"(...) manifestar la letrada interviniente si ha percibido sus honorarios (...)\" deberá leerse y entenderse \"(...) manifestar el letrado interviniente si ha percibido sus honorarios (...)\". REGÍSTRESE en relación al RR-561-2025 (cfr. SCBA15/9/81; DJBA, 122-176)."
"Respecto de lo manifestado, en relación a la omisión del auto de identidad de fecha 26/03/2025, en su caso dicha resolución, deberá transcribirse en oportunidad de confeccionar los instrumentos para la inscripción."
(Firma) "LAURA ELIZABETH MATO JUEZ"
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