LORENZO VICTOR RICARDO C/ VIVIENDAS TECNOHOUSE DE SISTEMAS DE VIVIENDAS TECNOHOGAR S.R.L S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
El actor demandó por daños y perjuicios por incumplimiento contractual en la construcción y armado de una vivienda. El Tribunal admitió parcialmente la demanda y condenó a la demandada a pagar $3.500.000 ($1.500.000 por gastos más $2.000.000 por daño punitivo), rechazando el daño moral y rechazando la inconstitucionalidad solicitada respecto del art. 7 de la ley 23.928.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Víctor Ricardo Lorenzo.
Demandado: Viviendas Tecnohouse de Sistemas de Viviendas Tecnohogar S.R.L.
Objeto: Resarcimiento por incumplimiento contractual derivado de un contrato de locación de obra para la fabricación y armado de una vivienda (modelo Personalizado 51 Maradona), por $7.500.000 solicitado; se articulan rubros por gastos, daño moral y daño punitivo; además se peticiona la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928.
Decisión: Se admite parcialmente la demanda y se condena a la demandada al pago total de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL ($3.500.000) con intereses según lo precisado, impónense las costas a la demandada; se rechaza la indemnización por daño moral; se concede daño punitivo por $2.000.000; se rechaza la declaración de inconstitucionalidad solicitada respecto del art. 7 de la Ley 23.928.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
- Sobre la rebeldía y la carga probatoria: "la rebeldía declarada y firme y la incontestación de la demanda implican una presunción de verdad sobre los hechos lícitos y pertinentes que fundamentan la pretensión de la parte actora, así como el reconocimiento de la autenticidad de la documentación que a la parte demandada se le atribuye... En conclusión, la declaración de rebeldía no obliga al juzgador a acceder automática o mecánicamente a las pretensiones del actor, sino que lo facultan a tener por ciertos los hechos que constan en la demanda."
- Sobre la calificación como relación de consumo: "El contrato que se alega como base de la presente acción es factible calificarlo como de 'consumo'... en tanto la demandada ejercería de manera profesional y onerosa la actividad de construcción de viviendas... Todos estos elementos determinan el encuadramiento del caso dentro del estatuto protectorio del consumidor (art. 42, Const. Nac., Ley 24.240 y Cód. Civ. y Comercial)."
- Sobre acreditación del incumplimiento y decisión de admisión: "Con la documental acompañada y los testimonios vertidos en autos ... que resultan concordantes, tengo por acreditada la existencia de la contratación de referencia y el incumplimiento por parte de la empresa constructora... considero demostrado el incumplimiento de la demandada respecto del acuerdo oportunamente suscripto con el actor, debiendo admitirse la demanda en dicho sentido."
- Sobre gastos: "corresponde condenar a la demanda de pago de la suma de $ 1.500.000."
- Sobre daño moral (rechazo): "el actor menciona en términos generales '...el sufrimiento que le ha causado la conducta antijurídica de la demandada...' sin explicar cuales fueron los padecimientos o molestias sufridos. En consecuencia... considero que la existencia del gravamen de referencia no aparece demostrada... lo cual me lleva a rechazar el rubro bajo análisis."
- Sobre daño punitivo (concesión y motivación): "he tenido por demostrado el trato indebido al actor, evidenciado por el incumplimiento... la falta de respuesta a los reclamos... y por la actitud desaprensiva asumida en el presente proceso... Por todo lo expuesto, entendiendo que la parte demandada ha obrado con un reprochable desprecio por los derechos de su cliente, la aplicación de la figura sub examine se impone en el caso de marras... resulta prudente fijar por este concepto la suma de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000)."
- Sobre la inconstitucionalidad solicitada del art.7 Ley 23.928: "La comparación de los resultados no evidencia un perjuicio patrimonial que imponga la declaración de inconstitucionalidad en el presente... no se encuentran reunidos los presupuestos y parámetros que la Suprema Corte establece en el fallo 'Barrios' para declarar la inconstitucionalidad sobrevenida... Corresponde rechazar en este estado el pedido efectuado."
- Bloque dispositivo (conclusión del Tribunal): "ADMITIENDO PARCIALMENTE la demanda, condenando a la demandada al pago de la suma de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 3.500.000.-) con más los intereses según detalle del considerando quinto, dentro de diez días de consentida o ejecutoriada esta sentencia. 2º) Las costas se imponen a la parte demandada por resultar vencida."
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