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COGLIATI, BEATRIZ CARMEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó la actora la recalculación de haberes previsionales y el pago de diferencias retroactivas a A.N.Se.S. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia, revocó la aplicación del precedente Weskamp y el tratamiento anticipado del art. 1 de la ley 27.609, declaró inconstitucionales las Resoluciones ANSeS 56/2018 y SSS 1/2018 y el art. 3 del DNU 157/2018, impuso costas a la demandada y fijó honorarios de alzada en el 30% de lo regulado en primera instancia.

Reajuste de haberes Anses Inconstitucionalidad Weskamp Ley 27.609 Dnu 157/2018 Pbu Impuesto a las ganancias Costas Honorarios de alzada


¿Quién es el actor?

Cogliati, Beatriz Carmen (actora reclamante).

¿A quién se demanda?

A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales, recalculo del haber, pago de diferencias retroactivas y cuestiones conexas (índices de actualización, tratamiento de PBU, aplicación de precedentes, impuesto a las ganancias, costas y honorarios).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia apelada en las cuestiones materia de agravios; revocó la aplicación del precedente “Weskamp” y revocó la decisión relativa al artículo 1 de la ley 27.609, disponiendo diferir su tratamiento para la etapa de ejecución; declaró de oficio la inconstitucionalidad de las Resoluciones ANSeS Nº 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social Nº 1/2018; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU Nº 157/2018; impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme al art. 36 de la ley 27.423; y reguló los honorarios de alzada en el 30% de lo que se les fije en primera instancia. Insértese, hágase saber, publíquese y devuélvanse los autos al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "En consecuencia, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaria de Seguridad Social N° 1/2018." 2) "En cuanto a los agravios relativos a los planteos formulados en relación a la ley 27.541, los decretos del PEN y la movilidad de la normativa suspendida, nos remitimos en lo pertinente por razones de brevedad y economía procesal, a los argumentos expuestos en los autos caratulados 'MULLER, ALEJANDRO REINALDO c/ A.N.Se.S s/ REAJUSTE DE HABERES'..., debiendo admitirse el agravio y movilizar el haber previsional conforme las pautas allí establecidas." 3) "En lo relativo a la regulación de honorarios, se advierte del cotejo de la sentencia impugnada que el juez a quo no reguló honorarios, sino que dispuso el diferimiento... Sobre las costas de esta instancia... corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423."
- Votos en disidencia relevantes: El Dr. Aníbal Pineda manifestó disidencia con la solución propuesta en cuanto al tratamiento de la movilidad (se remitió a lo resuelto en autos "MORAS, Camilo Ángel..."), y expresó reservas respecto de la declaración de inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609 conforme a su voto en autos "MAS, MABEL GLADIS...". No obstante, el acuerdo final adoptó las resoluciones consignadas arriba.

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