AVALOS, CRISTINA DEL VALLE c/ ANSES s/PENSIONES
La actora demandó a ANSeS solicitando pensión directa por fallecimiento del cónyuge como aportante irregular con derecho. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó la sentencia de grado que concedió la pensión, por considerar acreditados aportes superiores al 50% del mínimo proporcional exigible conforme la jurisprudencia (cita Pinto y Tarditti).
¿Quién es el actor?
Avalos, Cristina del Valle (actora/pretendiente de pensión).
¿A quién se demanda?
A.N.Se.S. (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Impugnación de la Resolución de fecha 14/03/2023 que denegó la pensión directa por fallecimiento; se solicitó que se otorgue el beneficio en calidad de aportante irregular con derecho a favor del señor Liendo, Jerónimo Ignacio, desde el 22/11/2019.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de fecha 19 de junio de 2025 dictada por el Juzgado Federal N°3 de Córdoba en todo lo que decide y ha sido motivo de agravios; además impuso las costas de segunda instancia a la accionada y reguló honorarios para la parte actora en el 35% de lo que se estime en grado.
- Fundamentos principales de la decisión (textos extraídos del fallo):
"Así, la C.S.J.N. in re 'Tarditti' (Fallos: 329:576) se expidió en el sentido de que la regularidad en el cumplimiento de las obligaciones previsionales debe ser valorada sobre los lapsos de tiempo trabajados y no sobre la base de considerar sólo un período laboral que no pudo ser completado por muerte del afiliado."
"En autos 'Pinto Angela Amanda c/ ANSeS s/ Pensiones', fallo del 6 de Abril de 2010, el alto Tribunal, siguiendo la línea argumental reseñada, precisó el procedimiento para calcular las proporciones que reglamenta el Decreto Nº 460/99... valoró que si bien el causante no se encontraba desempeñando actividad laboral alguna... se habían acreditado 20 años y tres meses de servicios con aportes realizados por el causante, por lo que no cabía imputar falta de solidaridad social..."
"En virtud de ello, dado que la cantidad de aportes acreditados en relación a los que podía exigírsele en forma proporcional con su vida laboral representan más del 50% de años de servicios requeridos, conforme la doctrina sentada por la CSJN en autos 'Pinto, Ángela Amanda'... 'Tarditti'..., a cuya íntegra lectura se remite por razones de brevedad, corresponde confirmar la sentencia de grado en cuanto al punto."
Asimismo, el fallo consignó hechos probados: el causante falleció el 22/11/2019 a los 59 años, y "aportó en relación de dependencia y también como autónomo desde el 1/10/1979 hasta el 28/02/2007 en forma discontinua (acreditando aportes al sistema previsional durante 17 años y 4 meses)". Sobre las costas la Cámara resolvió: "impondrán a la accionada (conforme artículo 68, primera parte del C.P.C.C.N. y art. 36 de la Ley N° 27.423), regulándose los honorarios a la asistencia letrada de la parte actora en el 35%... no haciendo lo propio a la representación jurídica de la parte demandada por ser profesional a sueldo de su mandante."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en el texto del acuerdo; la resolución final fue adoptada por la Sala y está firmada por los magistrados intervinientes.
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