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AZCARATE MARTIN GUILLERMO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSeS reclamando reajustes varios del haber previsional y revisión de la PBU. La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente al recurso de la actora y desestimó el recurso de la demandada; revocó lo resuelto sobre las costas de grado, confirmó el resto de la sentencia y fijó honorarios del 30% para la dirección letrada en la Alzada.

Reajustes previsionales Pbu Anses Costas Honorarios Revision de haberes Cpccn art. 68 Ley 27.423 art. 36 Tasa pasiva Ejecucion


¿Quién es el actor?

Azcarate Martín Guillermo.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios sobre el haber previsional (redeterminación del haber inicial, movilidad posterior), reclamo específico sobre la Prestación Básica Universal (PBU), impugnaciones vinculadas a topes, tasas de interés, costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se desestimó el recurso deducido por la demandada; se hizo lugar parcialmente al recurso de la actora (revocando lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado y, en consecuencia, imponiendo las costas al vencido conforme art. 68 del CPCCN si de la liquidación surgen sumas a favor del actor, en caso contrario se establecerán en el orden causado conforme art. 36 ley 27.423); se confirmó la sentencia en lo demás que fue materia de agravios; costas por su orden en la Alzada; y se fijaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripciones relevantes del fallo): "En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de esta Sala “Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, contemplando asimismo el precedente “Quiroga” citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida." "Así las cosas, para verificar la incidencia porcentual, la merma cuantificada será valorada teniendo en cuenta la diferencia entre la PBU reajustada y la inicial, en relación con el haber total del beneficio actual (PBUr + PC + PAP —de caja o recalculado, según corresponda—), padezcan de ajuste o no las restantes prestaciones. Ello se multiplicará por cien y, determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis." "Que por ello el Tribunal RESUELVE: 1) Desestimar el recurso deducido por la demandada; 2) Hacer lugar parcialmente al interpuesto por la actora y, por ello, revocar lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado...; 3) Confirmar la sentencia en lo demás que decide y fue materia de agravios...; y 5) Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior..."
- Disidencia / observaciones: Se deja constancia de que la Dra. Nora C. Dorado no suscribe por encontrarse en uso de licencia (art. 109 R.J.N.), sin que ello conste como voto de disidencia en el dispositivo.

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